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Las empresas deberán informar a la AFIP quiénes son sus beneficiarios finales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que las personas jurídicas deberán informar una vez al año quiénes son sus beneficiarios finales, a través de la resolución general 4697/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.

El nuevo régimen informativo establecido por el organismo tiene como objetivo identificar a las personas humanas que posean participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.

“La normativa representa un avance en materia de transparencia”, afirmó la AFIP, al tiempo que precisó que reemplaza al régimen de información sobre participaciones societarias vigente que no requería a los contribuyentes la información referida a los beneficiarios finales.

La decisión de la AFIP pretende dificultar las maniobras de ocultamiento de información sobre los verdaderos dueños de las distintas personas jurídicas, entidades o estructuras.

La normativa del organismo establece que los sujetos alcanzados deberán reportar la información sobre todas las personas humanas que posean capital o derechos de voto de una sociedad, persona jurídica u otra entidad contractual o estructura jurídica, o que por cualquier otro medio, ejerzan su control directo o indirecto.

Los datos sobre los beneficiarios finales deberán presentarse independientemente del porcentaje de participación que posean.

Esto es, la nueva normativa de la AFIP no establece un umbral mínimo a partir del cual los sujetos alcanzados tienen que informar quiénes son sus beneficiarios finales.

En los casos que no sea posible identificar a las personas humanas que revisten la condición de beneficiarios finales, los sujetos obligados deberán informar como beneficiario final al presidente, socio gerente, administrador o máxima autoridad de dicho sujeto.

En esos casos, la AFIP mantendrá sus facultades para verificar y fiscalizar las causas que llevaron al incumplimiento de la identificación de los beneficiarios.

La normativa avanza también en la implementación del registro de entidades pasivas en el exterior.

Se trata de un instrumento previsto en la ley 27.260 de 2016 que habilitó el denominado sinceramiento fiscal.

El registro alcanza a los contribuyentes que posean más del 50% de la participación en sociedades del exterior que, a su vez, obtenga una renta pasiva, como por ejemplo, las generadas por depósitos a plazo o inversiones financieras, que supere el 50% de sus ingresos brutos.

La normativa establece que esos individuos estarán obligados a informar una vez por año los datos que identifiquen a dicha entidad, y su vinculación jurídica con la misma.

A partir de lo establecido por la ley 27.260, los contribuyentes no sólo presentarán este año la información referida a 2019, sino que también deberán ingresar los datos correspondientes a 2016, 2017 y 2018.

La implementación del registro de entidades pasivas en el exterior ofrecerá así trazabilidad sobre las inversiones extranjeras registradas a lo largo de los últimos años.

Para conocer el detalle de la Resolución General ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227833/20200415

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El Gobierno oficializó la declaración del coronavirus como «enfermedad profesional» que deberán cubrir las ART

El Gobierno nacional oficializó el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que determina que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) deberán dar cobertura a trabajadores que, en el desempeño de actividades y servicios esenciales, contraigan el coronavirus, al considerarla «presuntivamente una enfermedad de carácter profesional».

Lo hizo a través del Decreto 367/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández y publicado en el Boletín Oficial, en el que se indica que “la enfermedad Covid-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional” en los casos de quienes están eximidos de cumplir el aislamiento social obligatorio.

Asimismo, el Decreto indica que las ART no podrán rechazar la cobertura de las contingencias, y deberán adoptar los recaudos necesarios para que, al tomar conocimiento de la denuncia del infortunio laboral acompañada del correspondiente diagnóstico confirmado emitido por entidad debidamente autorizada, la trabajadora o el trabajador damnificado reciba, en forma inmediata, las prestaciones previstas en la Ley N° 24.557, y sus normas modificatorias y complementarias.

La determinación definitiva del carácter profesional de la mencionada patología quedará, en cada caso, a cargo de la Comisión Médica Central (CMC).

El financiamiento de las prestaciones será imputado en un 100% al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales hasta 60 días después de finalizado el plazo de aislamiento social, preventivo y obligatorio.

El decreto confiere a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) la facultad de dictar las normas complementarias necesarias para la actuación en el ámbito de la Comisión Médica Central (CMC).

Para acceder al Decreto 367/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227750/20200414.

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Preinscripción operativa a los beneficios del Decreto 332/20 para Entidades y MiPymes

La Federación Comercial de Córdoba recuerda que ya se encuentra operativo el mecanismo de preinscripción a los beneficios contemplados en el Decreto 332/20 y su modificatorio (Decreto 347/20) destinados a Entidades y MiPymes, con el objetivo de amortiguar el impacto económico del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Tal y como informó la contadora María Fernanda Giraudo, en la capacitación virtual que recibieron hoy las entidades asociadas a Fedecom (Reseña sobre el DNU 332/2020 y su reglamentación por #AFIP – RG 4693), todas las empresas, sin importar la actividad que desarrollen ni la cantidad de trabajadores que empleen, deberán anotarse en el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) –Ver simulación al pié-.

La inscripción podrá realizarse hasta mañana miércoles 15 de abril inclusive en el sitio web de AFIP utilizando clave fiscal.

Mediante esta registración, las entidades y MiPymes alcanzadas podrán acceder automáticamente a una prórroga por dos meses del pago de sus contribuciones patronales, correspondientes a marzo que vencían en abril.

Adicionalmente a esta prórroga, la AFIP solicitará a cada empresa inscripta en este registro datos económicos para determinar cuáles son los demás beneficios contemplados en el Decreto 332/20 a los que podrá acceder.

Durante el procedimiento de registro, el Ministerio de Trabajo y la Anses serán autorizados por los empleadores para compartir información con la AFIP, con el fin de facilitar y reducir la carga burocrática. El organismo requiere este permiso para que las empresas no se vean en la necesidad de realizar una presentación adicional ante las dependencias encargadas de canalizar el pago de los REPRO y la asignación compensatoria al salario, dos de los beneficios previstos en el programa.

Asimismo, la AFIP requerirá los datos de facturación por ventas. Los empleadores deberán reportar los ingresos facturados entre los días 12 de marzo y el 12 de abril de 2019 y 2020 y, deberán completar además el monto total para ambos años (también se podrán descargar un modelo de planilla para adjuntar información desagregada). A las empresas con más de 100 trabajadores se les requerirán datos financieros básicos en carácter de documentación complementaria.

Cabe destacar además, que los empleadores y empleadoras que completen este registro, ya tendrán facilitado el acceso a futuras herramientas e instrumentos que se creen e implementen en el marco de esta emergencia sanitaria.

Para acceder a un modelo de simulación de inscripción ingrese al siguiente link.

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Informe de gestiones de Fedecom y repercusiones en los medios en el marco de la emergencia sanitaria

La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) comparte con sus cámaras y centros comerciales asociados un informe de las gestiones llevadas a cabo por la entidad entre los días 16 de marzo y 13 de abril, en el marco de la emergencia sanitaria decretada para controlar los efectos de la pandemia del coronavirus en Argentina.

Asimismo, compartimos un clipping de medios correspondiente al mismo período.

Para acceder el informe de gestiones, ingresar al siguiente link.

Para acceder al clipping de medios, ingresar al siguiente link.

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Fedecom propició la presentación de Compremos YA

La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) propició la presentación –a través de una reunión virtual de la que participaron más de 30 dirigentes de entidades asociadas- de la plataforma Compremos YA, iniciativa de la empresa tecnológica cordobesa Dicsys con la que buscan acompañar a las pymes comerciales locales que, debido a la emergencia sanitaria por el coronavirus, están sin actividad.

De esta forma, la plataforma permite vender una serie de productos o servicios y cobrar por ellos, asumiendo el compromiso de que esa prestación se hará efectiva una vez que se levante el régimen de aislamiento dispuesto por el Gobierno nacional. 

Así, con Compremos YA se pueden ofrecer voucher con beneficios y ventas a futuro, generando ingresos hoy y los compradores los utilizarán cuando pase la cuarentena.

El sitio ofrece la posibilidad de ayudar a rubros como restaurantes y bares, belleza y estética, servicios gourmet, oficios, educación, comercio y decoración.

Se puede acceder a la plataforma de manera muy sencilla, completando los datos del negocio con el producto o servicio que se ofrece.

Vale destacar que Compremos Ya es una iniciativa de Dicsys sin fines de lucro.

Para acceder a la presentación haga click en el siguiente enlace.

Para acceder a las imágenes de la campaña, haga click en el siguiente enlace.

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La cuarentena se prorrogó hasta el 26 de abril inclusive

El presidente Alberto Fernández anunció el viernes por la noche que el aislamiento social, preventivo y obligatorio se extenderá hasta el 26 de abril “en los mismos términos” en los grandes centros urbanos, en tanto que anticipó que algunas localidades del interior podrían entrar en una cuarentena administrada.

“Vamos a focalizar lugares o actividades donde la cuarentena pueda ser de algún modo liberada”, indicó el mandatario en una conferencia de prensa que brindó desde la Residencia de Olivos.

Al respecto, indicó que se dotará a los gobernadores de la facultad de proponer, con un protocolo, aperturas selectivas de la cuarentena en sus distritos o para algunas actividades, siempre y cuando la presencia del virus sea mínima o nula en esas zonas.

Asimismo, precisó que “serán el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro del Interior, Eduardo De Pedro, quienes se comunicarán con los gobernadores” para avanzar en esa idea.

Mientras, en términos generales, el Presidente explicó que “el 27 volvemos a discutir. Nadie sabe cuánto va a terminar este martirio”.

Asimismo, indicó que se permitirán algunas actividades como la de los talleres de autos o las gomerías. Y también funcionarán los bancos, que atenderán exclusivamente con turnos.

“Les pido que se queden en sus casas y que no nos relajemos”, enfatizó al referir que en Argentina pudieron haberse reportado en este tiempo 45 mil contagios de coronavirus si no se hubiera establecido un rígido modelo de aislamiento obligatorio, contra los 1.975 acumulados hasta ahora.

“Hoy -siguió- tenemos 4,16% de los casos que podíamos haber tenido. Con las perspectivas iniciales estaríamos ocupando el 83% de las camas, estamos lejísimos. A la fecha, el porcentaje de ocupación de camas de terapia es de 3,9%”.

“Lo único que está demostrando es que la cuarentena tiene sentido. Hemos logrado acotar mucho los términos de contagio, la velocidad de contagio, pero estamos muy lejos de haber alcanzado el logro de pelear contra la enfermedad”, explicó el mandatario y sentenció: “El virus no nos busca a nosotros, sino que nosotros buscamos al virus cuando caminamos por la calle o nos conectamos con alguien. Si nos quedamos en casa el riesgo de contraer el virus es absolutamente nulo”.

Para conocer el listado de actividades que están exceptuadas del aislamiento y cuál es el certificado que habilita para la circulación, ingrese al siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/exceptuados

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Sobre el funcionamiento de los bancos entre el 13 y el 17 de abril

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó sobre cómo será el funcionamiento de los bancos durante la semana que va del 13 al 17 de abril próximo.

En ese sentido, aclaró que las entidades permanecerán abiertas y atenderán al público en general que asista SÓLO con turno previo, para realizar diferentes operaciones que no sean por ventanilla, tanto para cuentas de personas humanas como personas jurídicas.

La medida se dispuso ya que la atención por ventanilla está reservada para el pago de jubilaciones y pensiones según el calendario de la ANSeS. Los jubilados y pensionados no necesitan sacar turno, aunque deben respetar el calendario de pagos.

Vale destacar que el comprobante del turno gestionado previamente servirá como permiso de circulación y se solicitará para ingresar al banco.

El Central también aclaró que las casas de cambio permanecerán cerradas para la atención al público presencial. No obstante, podrán operar en forma remota.

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AFIP crea el “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo” y prorroga el pago de contribuciones patronales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) convalidó la prórroga por dos meses del pago de las contribuciones patronales que vencían en abril, a través de la resolución general 4693 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La medida comprenderá a alrededor del 56% de las empresas argentinas, que emplean a más de 3,5 millones de trabajadores, según precisó la dependencia oficial en un comunicado.

El beneficio estará disponible para aquellas firmas incluidas en el listado de actividades definido por la Jefatura de Gabinete, en el marco del Programa de Asistencia en la Emergencia y que se hayan inscripto en el servicio «web» denominado «Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP», creado por la AFIP según consta en la misma resolución general.

Allí, las empresas deberán inscribirse entre hoy y el 15 de abril inclusive.

Para ello, se deberá ingresar al sitio web de la AFIP con Clave Fiscal nivel de seguridad 3, como mínimo. Será requisito para acceder poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido. Y deberá suministrar la información económica relativa a sus actividades que se solicite. No obstante, la Resolución aclara que AFIP podrá requerir información complementaria enviando un mail al domicilio fiscal registrado.

La postergación por dos meses del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que vencían en abril será informada de manera automática a las empresas, una vez que éstas se hayan inscripto en el Programa.

Los pagos postergados deberán realizarse en junio, el 16 para los documentos de identidad terminados en 0, 1, 2 y 3; el 17 para los que finalizan en 4, 5 y 6; el 18 para el resto; de acuerdo con el cronograma dispuesto por el organismo.

La medida es complementaria a la reducción o postergación de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA previsto en el Programa.

Asimismo, la AFIP definió extender tres días el plazo para la presentación de la declaración jurada de abril correspondiente a la seguridad social (Formulario 931).

Las empresas, tanto las beneficiarias de la postergación como las que no accedan a ese mecanismo, contarán así hasta el 16 de abril para realizar sus trámites.

Para acceder a la Resolución General 4693 de AFIP ingrese al siguiente link.

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Córdoba adhirió al Certificado Único de Circulación dispuesto por la Nación

El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Córdoba informó, que a partir de las cero horas de mañana jueves 9 de abril, solo será válido para circular el “CERTIFICADO ÚNICO DE CIRCULACIÓN”, dispuesto por la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Nación.

La disposición deja sin efecto y carente de validez para circular a toda otra autorización expedida por algún medio distinto del indicado por el Gobierno Nacional.

Queda exceptuada la actividad productiva agropecuaria en su detalle de rubros y actividades. De allí la permanencia de la validez de la Declaración Jurada del Ministerio de Agricultura y Ganadería de Córdoba que, además, recordó que se debe circular con el DNI personal, y recomendó contar -en el celular o impresa- con la Decisión Administrativa Nacional 446/2020.

La adhesión provincial al Certificado Único de Circulación se enmarca en la imperiosa necesidad de uniformar la documentación idónea que habilite las excepciones previstas en el artículo 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020, para asegurar el estricto cumplimiento de la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, que rige en todo el territorio nacional.

El certificado debe ser obtenido a través de la página web: https://formulario-ddjj.argentina.gob.ar/

Para descargar la Decisión Administrativa Nacional 446/2020 ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227337/20200401.

FOTO: GENTILEZA PRENSA GOBIERNO DE CÓRDOBA
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Fedecom propicia la campaña “Córdoba, Acá Estamos, Empresas Unidas contra el Covid-19”

La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) apoya y propicia, junto a más de 30 entidades empresariales de la Provincia de Córdoba, la campaña de captación de donaciones “Córdoba, Acá Estamos, Empresas Unidas contra el Covid-19”.

Lo recaudado se destinará en un 50% a la compra de insumos médicos que se repartirán en los hospitales públicos de la provincia, y en otro 50% a la compra de alimentos para los que más están sufriendo en estas circunstancias.

La campaña cuenta con la auditoría de la consultora PWC. Se entregarán recibos a todos aquellos donantes.

Para donar se habilitó una cuenta en el Banco Macro – Cuit: 30-70802209-4 – CBU: 2850381130094194841441, ó Cuenta Corriente: 338109419484144.

Para recibir el recibo de la donación, se debe enviar el comprobante de la transferencia, CUIT y la condición frente a IVA a info@acaestamos.com.ar.

El nombre de la empresa -o donante individual- será incorporado (si así lo desea) al listado de donantes en la web.

Sumate. Es el momento de mostrar a todo el empresariado cordobés unido.

¡Acá estamos!

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