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Brecha: los consumidores pagaron en septiembre cinco veces más de lo que cobraron los productores agrícolas

Los consumidores pagaron en septiembre un promedio de 5,01 veces más de que lo que recibieron sus productores, lo que muestra un salto de 21% en relación a agosto, cuando la brecha era de 4,14 veces, según el relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).

La diferencia estuvo impulsada, fundamentalmente, por las subas de los precios finales de productos como el zapallito (80,5%), el tomate (63,2%) y el pimiento rojo (64,9%), junto con otros 16 que registraron subas en septiembre contra apenas cinco que mostraron bajas.

La mayor brecha de precios se detectó en la zanahoria, donde el precio se multiplicó por 12,09 veces desde que salió del campo, seguida por la manzana (10,17 veces), la pera (8,47 veces), y el zapallito (8,23 veces).

Según el informe, la participación promedio del productor en el precio final pasó de 28,9% en agosto a 25,7% en septiembre. La mejor situación la tienen los productores de frutilla, que recibieron 61% de los precios de venta minorista, mientras que en la zanahoria el productor apenas recibió el 8,3% del precio final.

Según CAME, el IPOD frutihortícola subió 25,9% en el mes y la brecha para esos productos promedió en 4,44 veces. En un año cayó 8,7%.

En tanto, el IPOD ganadero bajó 1,2% (a 3,38 veces) y se ubicó 6,9% abajo del mismo mes de 2019.

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La Mesa de la Producción se pronunció en contra del impuesto a las riquezas

La Mesa de la Producción de Córdoba, que integra la Federación Comercial (Fedecom), se pronunció en contra del “excepcional” impuesto a la riqueza.

A través de un comunicado, se indicó que consideran que la creación de un nuevo tributo “no colabora de ninguna manera a cumplir con los objetivos que dice propulsar. Por el contrario, sostenemos que estamos nuevamente ante un problema de asignación y gestión de los recursos que obtiene el Estado de sus contribuyentes”.

En la misma línea, aseguró que son los ciudadanos y las empresas quienes financian “de manera genuina y directa toda la actividad estatal (en todos sus niveles), de la cual somos su principal fuente de ingresos. Y lo hacemos soportando una carga tributaria marcadamente superior a la mayoría de los otros países de la región y de casi el doble del promedio mundial”.

“Esta es la visión de los actores de un aparato productivo exhausto en esta coyuntura, que busca con empeño alternativas para reactivar el motor económico, sostener el empleo, seguir tributando y contribuyendo mediante el pago de impuestos a la asistencia de los sectores vulnerables que lo necesitan”, añadieron en el comunicado.

Asimismo, indicaron que, con el objeto de abordar “la discusión de fondo imprescindible para sentar postura respecto de esta iniciativa legislativa y sopesar el verdadero impacto que ella generaría es que, como sector productivo y tributante, hemos solicitado instancias de diálogo con los diputados que representan a los ciudadanos de nuestra provincia”.


Adhieren por la Mesa de la Producción de Córdoba: Bolsa de Cereales de Córdoba (BCCba), Bolsa de Comercio de Córdoba (BCC), Cámara de Comercio de Córdoba (CCC), Cámara de Comercio Exterior de Córdoba (CaCEC), Cámara de la Construcción – Delegación Córdoba (Camarco), Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona (Cartez), Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro), Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), Federación Agraria Argentina (FAA), Federación Comercial de Córdoba (Fedecom), Sociedad Rural Argentina (SRA), Unión Industrial de Córdoba (UIC) .

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Programa de Entrenamiento Ejecutivo Edición 2020

La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) pone a disposición de sus cámaras y centros comerciales adheridos un beneficio exclusivo para el cursado del Programa de Entrenamiento Ejecutivo Edición 2020 que organizan la Fundación Mujeres que Avanzan y Daniel Biassi y Asociados.

El programa plantea un entrenamiento profundo e innovador que combina conceptos y prácticas académicas de probada efectividad, cuyo principal objetivo es la mejora de las habilidades sociales y el desarrollo personal.

“Hemos visto en las organizaciones actuales una fuerte tendencia a competir en los lugares donde hay que colaborar. Eso genera estrés, ansiedad y frustración, alejando a las personas cada vez más de los resultados esperados y deteriorando la calidad de vida. Este entrenamiento propicia la aparición de un nuevo tipo de habilidades en donde la colaboración, la confianza y la mutua inspiración sean los ejes centrales de la gestión», asegura el profesor Daniel Biassi.

El Programa está dirigido a todas aquellas personas y organizaciones que quieran mejorar las habilidades gerenciales y aumentar la maestría personal de sus colaboradores. Aplica también para emprendedores, dirigentes sociales, deportivos, políticos y otros.

El cursado será virtual e inicia el próximo sábado 17 de octubre. El horario será de 09:30 a 12:30 horas. Serán cinco encuentros, con modalidad quincenal.

Para acceder al descuento exclusivo para socios de Fedecom, ingrese al siguiente link: https://mpago.la/2Mk6YPs.

Para conocer el Programa del curso, ingrese al siguiente link.

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La Secretaría de Comercio Interior renovó Precios Cuidados por tres meses con un alza promedio de 5%

La Secretaría de Comercio Interior renovó por tres meses el programa Precios Cuidados, con la incorporación de 63 nuevos productos entre los que prevalecen frutas, verduras y productos para celíacos.

La renovación de la canasta de Precios Cuidados tuvo un ajuste promedio de 5% respecto a la última actualización y suma un total de 399 productos de alimentos, bebidas, artículos de limpieza e higiene personal.

Según se informó, se incorporaron 22 nuevos artículos sin TACC, con los que se llega a un total de 29 alimentos sin gluten de nueve categorías: fideos, galletitas de agua, galletitas dulces, harinas, pan, premezclas, rebozador y pan rallado, snacks y tostadas de arroz.

El acuerdo para la incorporación de estos productos para celíacos implica una reducción de los precios que en algunos casos llega a 16% respecto a los vigentes.

Entre las novedades de los artículos incorporados en esta renovación del acuerdo de Precios Cuidados se destacan variedades de frutas y hortalizas como papa, zanahoria, pera, naranja, manzana verde y limón; y productos para el verano como helados y protector solar.

En almacén se destacan legumbres, puré de tomate, fideos al huevo y cacao en polvo. De los productos para la higiene personal y del hogar resaltan nuevas presentaciones de shampoo, acondicionador y jabón de tocador, más nuevas categorías como bolsas de residuos, lustramuebles, escobillón y desodorante para pies.

El objetivo de que el programa Precios Cuidados sea una referencia en materia de precio se refuerza en esta renovación con la inclusión de primeras marcas. Además se incorporan proveedores PyMEs.

La Secretaría de Comercio Interior informó que las ventas de productos del programa Precios Cuidados tuvieron un incremento interanual de 140% promedio, con un cumplimiento en los precios del 99,9% en las grandes cadenas de supermercados nacionales, un 87,5% en materia de abastecimiento de las góndolas y un 86% en lo referido a la señalética.

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Se prorrogó la convocatoria 2020 del Programa de Eficiencia Energética

La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) informa que el Gobierno de la Provincia de Córdoba y el Consejo Federal de Inversiones (CFI)  decidieron prorrogar hasta el 15 de octubre próximo la convocatoria para la inscripción de Pymes al Programa de Eficiencia Energética y Energías Renovables.

El programa tiene como finalidad promover el uso eficiente y racional de la energía, fomentando la implementación de proyectos de inversión en Eficiencia Energética y Generación de Energía a partir de fuentes renovables, que permitan reducir el consumo energético, propiciando el cuidado del medioambiente y una mejora en la competitividad de las economías regionales.

Está destinado a 300 pymes y microemprendimos de los sectores industriales, agroindustriales, agropecuarios, de comercio y de turismo, que podrán acceder a un diagnóstico energético gratuito y, posteriormente, a las líneas de crédito especiales que permiten la adecuación energética del establecimiento, lo que redunda en una baja de los costos y una mejora en la competitividad de la empresa.

Para participar del programa es necesario completar la siguiente inscripción: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSc7h2ADq1OmqNewmoX6XiEya_lVL53nENr-tZtBuDgwluzfOw/viewform.

Para más información, ingresar al siguiente link: https://ministeriodeserviciospublicos.cba.gov.ar/convocatoria-2020/.  

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Se suscribió el acuerdo de la paritaria mercantil 2020

La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) informa que ayer se suscribió el acuerdo de la paritaria mercantil 2020. Con las firmas de los representantes de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), el acuerdo quedó sellado en la sede del Ministerio de Trabajo de la Nación.

El acuerdo paritario se llevó adelante tomando como premisa no sólo la mejora de las condiciones de los trabajadores, entendiendo que esto ayuda a impulsar el consumo y reactivar la economía, sino fundamentalmente el sostenimiento de las pequeñas y medianas empresas que atraviesan una situación extremadamente delicada, con una caída de la actividad ininterrumpida producto de las consecuencias de la pandemia.

Con ese objetivo, las partes acordaron que a partir del mes de septiembre de 2020 quedan incorporadas a los salarios básicos de todas las categorías del C.C.T. 130/75 la suma de $4.000 otorgada mediante DNU 14/2020, y la suma de $2.000 otorgada mediante acuerdo de Comercio del 27 de febrero del 2020, homologado mediante Resolución ST Nro. 204/2020.

Asimismo, se dispuso el pago de una gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa y de naturaleza excepcional, que será de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el ámbito del CCT 130/75, consistente en la suma igual y uniforme para todas las categorías de $30.000, que se abonará en 6 cuotas mensuales y consecutivas, de $5.000 cada una de ellas, que serán sumadas a las remuneraciones de los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2020, y de enero, febrero y marzo del 2021.

Es importante aclarar que el aporte no será contributivo a ningún efecto ni generará aportes y contribuciones a los subsistemas de la seguridad social con las únicas excepciones de: a) aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles, b) aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 (texto ordenado de fecha 24/6/1994 del C.C.T. 130/75) sobre el monto nominal de cada cuota que perciba el trabajador comprendido en el presente acuerdo.

Sin perjuicio de ello, y con la misma naturaleza y carácter, a ese importe se le sumará  el pago de los adicionales de antigüedad y presentismo de los artículos 24 y 40, respectivamente, del CCT 130/75.

A los efectos de la liquidación del aporte con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), homologado por la Resolución N° 600/2008 (MT), el cálculo de dichos aportes deberá realizarse considerando los incrementos pactados y la fecha de efectivización de los mismos, mes a mes, y en sus partes pertinentes.

Para percibir la asignación pactada, el trabajador comprendido deberá tener su contrato de trabajo vigente al momento de percepción de cada cuota. Asimismo, y para el supuesto de los trabajadores que hubieren ingresado con posterioridad al 1º de octubre de 2020, se liquidará y saldará de manera proporcional al tiempo trabajado.  

La gratificación se abonará bajo la denominación “Asignación Extraordinaria No Remunerativa – Acuerdo 2020” en forma completa o abreviada, con indicación del número de la cuota respectiva, extinguiéndose la misma con el pago total y oportuno de las 6 cuotas.

Para el caso de trabajadores que trabajen en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo régimen de jornada reducida, legal o convencional, o que hayan incurrido en ausencias por causas injustificadas, el monto a abonar por esta gratificación extraordinaria por única vez, será proporcional a la jornada laboral cumplida.

A su vez, se acordó la prórroga del Convenio de Emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva. El mismo establece, entre otros, los siguientes lineamientos: las asignaciones dinerarias que como prestaciones no remunerativas abonen los empleadores en concepto de suspensiones dispuestas en los términos del art. 223 bis de la ley 20.744 t.o., así como también las asignaciones compensatorias otorgadas en dinero en virtud de lo dispuesto en el DNU N° 332/2020 modificado por DNU 376/20, no podrán ser, en su conjunto, inferiores al 75% del salario neto que hubiera percibido los empleados de comercio prestando servicios de manera normal y habitual durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020.

El plazo de duración de las suspensiones dispuestas no podrá ser mayor a los 60 días comenzando a computarse ese término a partir del 1 de octubre de 2020.

Para acceder al acuerdo completo de la paritaria mercantil 2020, ingrese al siguiente link.

Para acceder a la prórroga del Convenio de Emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva, ingrese al siguiente link.

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AFIP habilita la inscripción de empresas a los créditos a tasa subsidiada para pago de salarios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó desde hoy y hasta el 19 de este mes el sistema para que las empresas tramiten los créditos a tasa subsidiada correspondientes a los salarios de septiembre del programa ATP. Lo hizo a través de la Resolución General 4831/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Los créditos a tasa subsidiada ofrecen asistencia para el pago de salarios a aquellos empleadores inscriptos en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) que durante agosto último registraron una variación en su facturación del 0% al 40% en relación con el mismo mes del año pasado.

“La mitad de las empresas argentinas accedió a los beneficios a lo largo de los últimos seis meses”, aseguró la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

En setiembre último, alrededor de 1,3 millón de trabajadores que se desempeñan en más de 124.000 empresas accedieron al Salario Complementario.

Los fondos serán depositados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) en las cuentas bancarias de los beneficiarios a partir de mañana.

El sistema para tramitar un crédito a tasa subsidiada se inicia a través del sitio web de AFIP y se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada.

El organismo señaló que las empresas que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su Crédito a Tasa Subsidiada desde el 14 de octubre hasta el 19 octubre, inclusive.

Las empresas que accedan a los Créditos a Tasa Subsidiada contarán con un período de gracia de tres meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

La tasa de interés será fija del 15% para todos los casos.

Aquellos empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep).

Para acceder a la Resolución General, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235849/20201007.

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La Secretaría de Comercio Interior fija nuevos Precios Máximos con aumentos de hasta 6%

La Secretaría de Comercio Interior fijó nuevos precios máximos para 18 categorías de productos, con un aumento de entre 2% y 6%, a través de la Disposición 14/20920 de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La norma determinó “nuevos precios máximos” para distintas categorías de productos, “los cuales tendrán la variación porcentual máxima que se establece”.

La normativa habilita aumentos del 2% para dulces y endulzantes; leches y sus derivados; aceites que no sean de girasol; sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks.

También permite incrementos del 3% para alimentos congelados; bebidas; conservas, chacinados y encurtidos; artículos de limpieza del hogar, cocina y bazar; papeles higiénicos y de cocina; harinas que no sean de trigo, fideos, galletitas y panificados.

Además, autoriza subas del 4% en alimentos para mascotas; arroz y legumbres; artículos de cuidado personal; infusiones; del 5% en el aceite de girasol y harina de trigo; y del 6% en vinos, espumantes, jugos puros de frutas y yerba.

La disposición indica además que “los precios de los productos que integran las categorías mencionadas se fijarán de conformidad con el porcentaje máximo de incremento autorizado en dicho artículo, aplicado sobre los precios vigentes al 14 de julio último”.

Para acceder a la Disposición Oficial, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235858/20201007.

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Empresas deberán publicar en su web el «botón de arrepentimiento» de compras y contrataciones

Las empresas deberán instalar en su página web un «botón de arrepentimiento» para simplificar el derecho de los consumidores a revocar una compra o devolver un producto que se haya adquirido de manera online, en base a una resolución tomada por la Secretaría de Comercio Interior y publicada en el Boletín Oficial.

Las empresas contarán con un plazo de 60 días corridos a partir del 5 de octubre de 2020 para que adecúen sus sitios de acuerdo a los términos establecidos.

La resolución apunta a transparentar y facilitar la devolución y reembolso de las transacciones y se enmarca en el derecho que está establecido en la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor y en el Código Civil y Comercial de la nación Ley 26.994.

La Ley 24.240 establece en el artículo 34 que en las ventas «por medio postal, telecomunicaciones, electrónico o similar» el consumidor tiene derecho a revocar la aceptación durante el plazo de diez días corridos contados a partir de la fecha en que se entregue el bien o se celebre el contrato, lo último que ocurra, sin responsabilidad alguna.

En tanto, el Código Civil y Comercial de la Nación Ley 26.994 señala en el artículo 1.110 que «en los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales y a distancia, el consumidor tiene el derecho irrenunciable de revocar la aceptación dentro de los diez días computados a partir de la celebración del contrato».

De este modo, la resolución publicada por la Secretaría de Comercio Interior complementa todo ello para simplificar el trámite en favor de los consumidores.

El consumidor debe poner el bien a disposición del vendedor y los gastos de devolución son por cuenta de este último.

Para acceder al detalle de la resolución, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235729/20201005.

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Fedecom solicitó a la CAME que realice gestiones a nivel nacional en favor de las pymes

La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) solicitó a la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) que gestione ante los organismos nacionales correspondientes la resolución de tres medidas que hoy profundizan de manera negativa la sobrecarga que tienen las pymes de comercio y servicio, poniendo en peligro su continuidad y las fuentes de trabajo que generan.

  • En primera medida, solicitar que los empleados en relación de dependencia que integren los Grupos de Riesgo (Resolución 1541/2020) y que por las características de las tareas laborales no puedan prestarlas mediante homeoffice, cobren sus haberes a través de la ANSES con el mismo tratamiento que la Licencia por Maternidad.
  • Segundo, solicitar la continuidad de los ATP – Salario Complementario en las condiciones establecidas hasta la fecha, tomando como base el nivel de facturación de la empresa –con su correspondiente ajuste inflacionario– independientemente del rubro o sector que integre.
  • Finalmente, solicitar que las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) eximan y/o condonen las deudas generadas por aquellas pymes cuyas actividades no han sido habilitadas a la fecha o han sufrido retroceso de fase en sus ciudades. También, que sean las ART quienes provean a los empleados a través de sus empresas, los elementos de higiene y seguridad establecidos para evitar contagios y/o propagación de COVID, a fin de disminuir un costo que para gran cantidad de pymes tiene un valor significativo.

Obedece el pedido de Fedecom que las pymes atraviesan la peor crisis de la historia y, pese a ello, realizan el mayor de los esfuerzos por sostener el ingreso de las familias de sus colaboradores.

Para conocer la misiva enviada a CAME, ingrese al siguiente link.

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