CAME, CAC y FAECYS sellaron el acuerdo de emergencia

Finalmente, en la noche de ayer, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio (CAC) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) suscribieron el Convenio de Emergencia por la suspensión de actividades con el fin del sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva al que habían arribado el martes 29 de abril pasado.

El mismo establece que, en este marco de crisis desatada por la pandemia del coronavirus, las asignaciones dinerarias que abonen los empleadores a los empleados suspendidos en los términos dispuestos en  el art. 223 bis de la ley 20.744 t.o. así como también las asignaciones compensatorias otorgadas en virtud de lo dispuesto en el DNU N° 332/2020 modificado por DNU 376/20 no podrán ser, en su conjunto, inferiores al 75% del salario neto que hubiera percibido el empleado de comercio prestando servicios de manera normal y habitual.

Asimismo, se estableció que el plazo de duración de las suspensiones no podrá ser mayor a 60 días, comenzando a regir a partir del primero de abril pasado.

El acuerdo establece que aquellas empresas que lo apliquen deberán mantener su dotación de trabajadores sin alteraciones ni despidos también durante 60 días.

Para aquellas empresas que, estando encuadradas en el CCT130/75 de Comercio cumpliendo con este, que no tengan delegados y se acojan estrictamente a las condiciones establecidas en el presente acuerdo marco, la autoridad de aplicación homologará en forma automática los acuerdos que aquellas presenten.

Para acceder al documento acordado por las partes, ingrese al siguiente link.

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