
La Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18.8.77 estableció, mediante la Resolución General 14/2020, sustituir el artículo 2° de la Resolución General 5/2009 y así establecer que el Sistema de Pago Electrónico (VEP) sea de carácter obligatorio para todos los contribuyentes del Convenio Multilateral, a partir del 1° de enero de 2021.
A su vez, el Pago Electrónico se materializará a través de la emisión de los respectivos formularios y archivos que se generan por el Aplicativo Si.Fe.Re WEB y el Volante de Pago Electrónico (VEP). Este último podrá ser emitido durante las veinticuatro 24 horas y los 365 días del año, y tendrá validez hasta los 25 días corridos posteriores al de su generación.
La cancelación del Volante de Pago Electrónico se efectivizará a través de una transferencia electrónica de fondos desde una cuenta bancaria abierta en las entidades bancarias autorizadas.
Los contribuyentes podrán efectuar la consulta de los pagos realizados y la impresión de los VEP generados, a través de la página WEB de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con la utilización de su clave fiscal ingresando a “Servicio de presentación de declaraciones juradas y pagos”.
Finalmente, “el pago de las obligaciones será considerado efectuado en término cuando la fecha y el horario consignado en el comprobante respectivo, acredite haberlo realizado antes de la finalización del día de vencimiento general fijado en el cronograma previsto en las normas vigentes”.
Para acceder a la Resolución General 14/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236364/20201021.
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La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) envió sendas misivas a los senadores y diputados por Córdoba manifestando su apoyo al proyecto de ley que declara la emergencia por 180 días para procesos de concursos preventivos y quiebras, aunque expresando también su preocupación –y el de todas las mipymes que representa- sobre la modificación que deja fuera del universo de empresas alcanzadas, a todas aquellas que solicitaron procesos de crisis con anterioridad al 20 de marzo.
“Luego de siete años de estancamiento de la economía nacional, Argentina se encuentra actualmente inmersa en una recesión que ya lleva tres años”, indicaron en los escritos enviados a los legisladores.
Atento a ello y a que “sólo en la Ciudad de Buenos Aires, en la Provincia de Buenos Aires y en Córdoba los procesos de concursos preventivos y quiebras crecieron en torno al 50% entre 2017 y 2019, solicitamos a los diputados y senadores representantes de nuestra Provincia que tengan a bien considerar la posibilidad de excluir de la modificación introducida en el artículo 1° al conjunto de micro, pequeñas y medianas empresas”.
“Entendemos que, en el actual contexto, tomar todas las medidas necesarias para asegurar la supervivencia de las MiPymes es la estrategia más acertada para revertir el deterioro socioeconómico que nuestro país se encuentra atravesando”, marcaron y agregaron: “El universo de empresas que representamos no sólo constituye casi la totalidad de la demografía empresaria nacional, sino que además explica más de seis de cada diez empleos formales”, recordaron.
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que los contribuyentes y sus asesores fiscales deberán informar todos los acuerdos, esquemas y planes utilizados para minimizar su carga tributaria.
Lo hizo a través de la Resolución General 4838/2020 publicada en el Boletín Oficial.
El nuevo régimen de información obligatorio procura fortalecer la capacidad de supervisión de las estrategias de “planificación fiscal” a las que recurren empresas y personas humanas para obtener beneficios en relación con los impuestos.
Asimismo, el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales otorga al organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont más herramientas para abordar potenciales maniobras de elusión y evasión fiscal.
La medida alcanza a las estrategias de planificación fiscal nacional así como los esquemas internacionales que, por ejemplo, involucren jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación.
También están cubiertas aquellas planificaciones fiscales internacionales en las que se utilizan sociedades para aprovechar los convenios para evitar la doble imposición, o se produzca un resultado de doble imposición internacional.
Los regímenes informativos como el que implementó la AFIP constituyen una práctica extendida entre las administraciones tributarias de todo el mundo, ya que permiten verificar que los tributos se ingresen en las jurisdicciones donde realmente se perfeccionan los hechos imponibles.
Al ampliar el nivel de conocimiento de las estructuras y operaciones utilizadas por los contribuyentes, la normativa permite identificar áreas de riesgo fiscal e incentivar el cumplimiento voluntario.
Estados Unidos, Irlanda, Reino Unido, Canadá, Portugal, Sudáfrica, México y Chile son algunos de los países que requieren a los contribuyentes reportar los acuerdos, esquemas, planes y acciones utilizados para obtener ventajas fiscales o beneficios en relación con cualquier impuesto o régimen de información.
Los datos recabados en relación a la planificación fiscal podrán ser objeto de intercambio con aquellos países con los que Argentina mantiene acuerdos.
Los sujetos alcanzados deberán presentar la información sobre la planificación fiscal nacional e internacional en forma digital en el sitio web de la AFIP.
La normativa obliga a los asesores fiscales y los contribuyentes a suministrar información clara y precisa, que permita comprender la planificación fiscal e identificar la ventaja fiscal o el beneficio esperado.
Cuando un asesor fiscal se ampare en el secreto profesional, deberá notificar al contribuyente para que este sea quien cumpla con la obligación.
La resolución también establece sanciones para quienes incumplan y no presenten la información requerida.
Para acceder a la Resolución General 4838/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236310/20201020.
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La Mesa de la Producción de Córdoba, que integra la Federación Comercial (Fedecom), pidió que se proteja el aparato productivo de Córdoba en el marco de la discusión legislativa del “excepcional” impuesto a la riqueza.
A través de un comunicado, precisó que se le hizo llegar al gobernador de Córdoba, Juan Schiaretti, los principales argumentos por los cuales sostienen que se trata de una iniciativa inconstitucional, que demuestra además desconocer la realidad productiva de la provincia y el país.
“Lo más grave: de prosperar dicho proyecto, generará exactamente el efecto contrario de lo que dice promover”, asegura el texto.
Según indican, el nuevo aporte “afectará a las empresas de todos los sectores -no sólo a los ‘ricos’ ni a las ‘grandes’ como se pretende hacer creer- gravando los bienes afectados a la producción”.
Para conocer el comunicado, ingrese al siguiente link.
Adhieren por la Mesa de la Producción de Córdoba: Bolsa de Cereales de Córdoba (BCCba), Bolsa de Comercio de Córdoba (BCC), Cámara de Comercio de Córdoba (CCC), Cámara de Comercio Exterior de Córdoba (CaCEC), Cámara de la Construcción – Delegación Córdoba (Camarco), Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona (Cartez), Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro), Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), Federación Agraria Argentina (FAA), Federación Comercial de Córdoba (Fedecom), Sociedad Rural Argentina (SRA), Unión Industrial de Córdoba (UIC) .
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El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación aprobó el reglamento del Régimen de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales creado por la Ley N° 27.563. Lo hizo a través de la Resolución 456/2020, publicada en el Boletín Oficial.
El programa consiste en que por cada compra anticipada -ya sea en agencia de viajes, alojamiento, pasajes u otros servicios turísticos- realizada hasta el 31 de diciembre de 2020 para viajar por Argentina en 2021, se recibirá un crédito equivalente al 50% de las compras realizadas.
Para ello, una vez realizado los gastos relacionados al turismo de manera anticipada, el usuario debe ingresar en la web oficial de “Previaje”, completar datos personales y la información sobre el viaje a realizar adjuntando los comprobantes. La solicitud debe efectuarse en un plazo de hasta 30 días, desde la fecha de realizada la compra.
Al reintegro puede acceder cualquier persona a través de su CUIT o CUIL, mayor de 18 años, que cumpla con los pasos de verificación de identidad y declare un domicilio en la Argentina. El crédito estará disponible a partir de la fecha del viaje o de prestación del servicio y hasta el 31 de diciembre de 2021.
El beneficio aprobado tiene un tope de 100 mil pesos.
El reintegro del 50% se acreditará en una billetera electrónica o en una tarjeta precargada expedida por el Banco Nación.
Por su parte, los comercios deberán aceptar tarjetas Mastercard o cobro mediante código QR para la Billetera Electrónica BNA+.
El monto mínimo que deberá acreditarse en concepto de una o más compras anticipadas para acceder al beneficio es de 10 mil pesos. Cabe destacar que el beneficio rige solo para compras anticipadas realizadas dentro del territorio nacional que deberán ser en concepto de:
- Servicios de alojamiento turístico nacional en hoteles, hosterías, cabañas, bungalow, aparts, camping, refugios de montaña, albergues juveniles y apartamentos de tiempo compartido.
- Transporte aerocomercial de cabotaje y terrestre de larga distancia nacional.
- Servicios adquiridos ante agencias de viaje nacionales, podrán generar crédito en concepto de beneficio por un monto de hasta 100 mil pesos.
Mientras que los demás servicios turísticos podrán generar crédito por un monto total de hasta 5 mil pesos. Una vez alcanzada la suma de 100 mil pesos, ya no podrá volver a generar crédito ni beneficio.
La posibilidad de canjear el beneficio se habilitará una vez alcanzado el monto mínimo acumulado de $10.000 entre uno o más comprobantes. El importe mínimo por comprobante es de $1.000. Se pueden presentar facturas B, C, ticket aéreos o boleto y pasaje en caso de transporte terrestre.
Para acceder a la Resolución 456/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236014/20201014.
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Las ventas minoristas por el Día de la Madre cayeron en la provincia de Córdoba 24,8% respecto de igual celebración del año anterior, de acuerdo con el relevamiento realizado por la Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) y sus Cámaras y Centros Comerciales adheridos. Cabe recordar que ya en octubre de 2019 las ventas habían caído un 11,3%, producto de la recesión.
En esta oportunidad, a la crítica situación económica se sumaron las restricciones impuestas para morigerar los efectos de la pandemia de coronavirus que limitaron la circulación y los encuentros familiares y con ello, los obsequios.
“El efecto del reciente endurecimiento de las medidas sanitarias se observa en la abrupta caída de las ventas de Gastronomía y Restaurantes”, explicó Ezequiel Cerezo, presidente de Fedecom. Y agregó: “todo esto se suma a la pérdida de poder adquisitivo de las familias que siguen postergando gastos, atento a lo que sucede con la pandemia que sigue avanzando” .
En efecto, al analizar el desempeño de las ventas según sus rubros se observa que el resultado final se encuentra marcadamente influenciado por el derrumbe de Gastronomía y Restaurantes cuya actividad cayó 80,3 en relación a la misma celebración del año pasado. “Si se omitiera ese valor, la caída de las ventas en general habría sido de 19,2 en relación al año pasado”, agregó Cerezo.
En el caso de los rubros restantes, todos registraron variaciones interanuales negativas, excepto, Artículos de informática, celulares y electrónicos que tuvo un incremento del 18,5% respecto a 2019.
Las variaciones en cantidades de los restantes rubros fueron:
Artículos deportivos y de recreación | -26,4 |
Articulos para el hogar y uso personal | -14,0 |
Bazares y Regalerías | -10,8 |
Bijouterie y Fantasía | -15,9 |
Blanco y Mantelería | -20,3 |
Calzado y Marroquinería | -40,8 |
Flores y Plantas | -9,1 |
Indumentaria y Lencería | -29,1 |
Joyería y Relojería | -50,7 |
Librería | -11,1 |
Perfumería y Cosmética | -12,2 |
Servicios de estética, belleza y relajación | -42,5 |
Por su parte, el ticket promedio en los comercios relevados fue de $1.450 y con respecto a los medios de pago, el 81% de las ventas se realizaron con tarjeta de crédito y el 19% restante, con efectivo o tarjetas de débito.
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La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) comparte con sus cámaras y centros comerciales asociados el documento elaborado en el marco del Grupo de los 6 (G6) del que la Fedecom forma parte, junto a la Secretaría de Ambiente de la provincia de Córdoba.
El trabajo pretende ser una introducción a la Ley de Ambiente. Su objetivo es hacer una aproximación sintética y organizada a la normativa que rige, indicando los accesos a los sitios donde profundizar la información y el inicio y seguimiento de los trámites ambientales.
Para acceder al documento, ingresar al siguiente link.
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La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) hace extensiva a sus cámaras y centros comerciales adheridos, la invitación a participar de los “Talleres de formalización: Monotributo y Registro de marca” que organiza el Departamento de Financiamiento y Competitividad Pyme y CAME INCUBA de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).
En los talleres se abordará cuestiones a tener en cuenta en el paso inicial que necesita todo emprendedor o microempresa.
Las capacitaciones estarán a cargo de dos especialistas en la materia, Miriam Lochbihler y Giselle Fudi.
Se trata de cuatro encuentros para los que quieran realizar el taller completo, de lo contrario, podrán participar del tema que más les interese y en ese caso son dos encuentros.
Las actividades comienzan el lunes 19 de octubre a 11 horas. La capacitación es gratuita y se realizará a través de la plataforma Zoom.
Los interesados en participar deberán completar el siguiente formulario de inscripción: https://forms.gle/MEFhsL7wqtys7yVQ6
Los datos de acceso al aula de Zoom se enviarán por mail una vez completado el formulario.
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El Banco Central (BCRA) aprobó ayer un nuevo esquema de líneas de financiamiento para micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) que hayan sido afectadas por las consecuencias de la pandemia de la Covid-19 o que busquen realizar inversiones para el desarrollo productivo.
Serán en total tres líneas de crédito que estarán acompañadas por subsidios a las tasas de interés otorgados a través del Ministerio de Desarrollo Productivo, según informó el BCRA en un comunicado.
- La «Línea MiPyME» tendrá tasas de 24% y estará disponible obligatoriamente para todas las empresas que tienen beneficios del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP). «Los bancos deberán otorgar está línea a las empresas que los requieran, que contarán, de ser necesario, con el respaldo del Fondo de Garantía Argentino (Fogar)», detalló el Central.
- La segunda es la «Línea MiPyME para Inversión de Capital», que estará disponible para empresas que adquieran bienes de capital y las del rubro de construcción, con una tasa de interés de 30%.
- La tercera línea estará destinada a financiar el capital de trabajo de mipymes, con una tasa de 35%.
Asimismo se informó que Desarrollo Productivo mantendrá vigentes las distintas líneas de crédito con tasa subsidiada que tiene el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep), como la disponible para inversión productiva al 22%; la del 18% para PyMEs mineras y cooperativas, y la del 9,9% para PyMEs como parte de un acuerdo con las provincias.
Por último, el Directorio del BCRA aprobó la creación de una línea especial de créditos para proyectos estratégicos, que serán definidos por un comité interministerial presidido por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
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En un momento tan complejo para nuestra sociedad, la carencia de asertividad en la disposición de normativas dificulta la implementación y genera, además de una gran incertidumbre, una sensación de injusticia que tiende a ser desoída.
Los diferentes rubros del sector privado que motorizan la economía de miles de familias han transitado más de 200 días realizando las adecuaciones necesarias para el cumplimiento de las normas sanitarias, cumpliendo con los protocolos indicados a nivel nacional, provincial y municipal, e invirtiendo en elementos de bioseguridad para el cuidado de trabajadores, consumidores y dueños de pymes, mostrando compromiso, colaboración, respeto y cuidado de la salud de la población.
Hoy, luego de siete meses de soportar la peor crisis económica de la historia y habiendo mantenido nuestras pymes, fuente genuina de trabajo, cerradas por largos periodos para contribuir a evitar la propagación del virus, la única idea que se transmite desde los sectores que deben tomar las decisiones es implementar nuevamente medidas que restringen a un sector productivo absolutamente devastado.
Es momento de solidaridad y empatía por parte de las autoridades competentes y de que implementen soluciones innovadoras para trascender la coyuntura en beneficio de todos, sin ignorar a los sectores productivos, máxime cuando son los destinatarios y mayores perjudicados con las nuevas restricciones.
Es insostenible la determinación de decretos tanto a nivel nacional, como provincial que no expresen en sus fundamentos las razones por las cuales se justifican las restricciones a ciertas actividades y no a otras, evidenciándose un tratamiento disímil para situaciones semejantes.
Urge la previsibilidad y el fundamento en la toma de decisiones, no sólo para la actividad económica, sino en pos de la paz social.
Urge que se involucre en la toma de decisiones a las autoridades municipales y se considere la situación particular de cada localidad.
Estamos convencidos de que, en el marco de un estado de derecho, la única salida a esta situación será priorizar la salud de los ciudadanos a través de los controles enfocados en los espacios donde se producen los contagios, sin continuar entorpeciendo la actividad productiva, que es el sostén de nuestra Nación.
Instamos a las autoridades a encauzar las medidas en este sentido.
Federación de Comercio de la Provincia de Córdoba – FEDECOM