
La producción de las pymes industriales cayó 6,9% en promedio durante septiembre, en relación a igual mes del año pasado, de acuerdo con el relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).
Así, en los primeros nueve meses del año, la industria pyme acumula una baja anual de 19,3%.
«Las industrias trabajaron con una capacidad instalada de 62,5%, niveles similares a los de agosto, y levemente por encima de septiembre del 2019 (61,8%)», se detalló y señaló que «el lento aumento del consumo interno, sumado a los mayores controles a las importaciones, van recuperando los pedidos de producción».
La CAME puntualizó que «en septiembre hubo dos sectores con subas anuales en sus niveles de fabricación: Productos de caucho y plástico (+4,6%), cumpliendo tres meses consecutivos en alza, y Productos electrónicos e Informática, donde la elaboración subió 1,8% anual, especialmente impulsada por artículos informáticos. Este rubro fue un refugio frente a la suba del dólar blue, lo que elevó la demanda, sumado a menores importaciones».
El rubro con mayor declive anual continuó siendo Calzado y Marroquinería, que cayó 36,7%. En Alimentos y Bebidas la baja anual fue de 4,7%. El sector Indumentaria y Textil tuvo una reducción anual de 21,4% y es otro de los sectores que no consigue encaminarse.
En su encuesta, la CAME concluyó que «en septiembre los niveles de rentabilidad para el 37,8% de las empresas fue positivo y levemente por encima de agosto (35%). Para el 35,3% fue nulo y para el 20,9% negativo».
Sobre las expectativas hacia adelante, subió de 10% a 14,4% la proporción de firmas que espera que la producción continúe bajando en los próximos meses, mientras que se mantuvo en 24% la que espera aumentos. El resto o no sabe o cree que se mantendrá.
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Ayer se reunió, de manera virtual, la Comisión de Turismo de la Federación Comercial de Córdoba (Fedecom), oportunidad en la que se informó sobre los temas tratados con las autoridades de la Agencia Córdoba Turismo.

Así, se consensuó la necesidad de insistir en que los protocolos para el retorno a la actividad tengan carácter federal, de manera tal que no se generen dudas entre los turistas ni diferencias interprovinciales ventajosas.
Si bien esto fue expresado por autoridades de la Agencia, se creyó oportuno elevarles un pedido para que sea el organismo encargado de comunicar a las intendencias sobre el carácter de los protocolos.
También se compartió información sobre el Programa Previaje del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación. Se destacó la importancia del rol de las entidades en comunicar a los asociados de diferentes rubros que deben registrarse hasta el 31 de noviembre.
Para colaborar con esta acción, Fedecom elaborará piezas de difusión con la información pertinente para que pueda ser difundida por los Centros.
En relación al Programa, se mencionó el pedido de gestión realizado a la Agencia para la extensión del periodo de compra -hoy determinado hasta el 31/10 para la utilización del beneficio en los meses de enero y febrero-.
Asimismo, la Comisión manifestó su preocupación frente a la falta de certeza en la fecha del retorno del turismo interno en Córdoba, en comparación con otras provincias, como así también la falta de promoción del producto turístico a poco más de dos meses de la apertura de la actividad a nivel nacional.
En el mismo sentido, se hizo escuchar el malestar y la sorpresa del sector frente a las disposiciones recientes del Gobierno provincial que determinaron ayuda para actividades restringidas, no teniendo en cuenta a una de las industrias más importantes de Córdoba que supera los siete meses de inactividad.
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 16 de diciembre el plazo para que las empresas informen quiénes son sus beneficiarios finales. Lo hizo a través de la Resolución General 4839/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La medida otorga más tiempo para cumplir con el nuevo régimen informativo que estableció la obligación de identificar a cada una de las personas humanas con participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.
La prórroga apunta a facilitar las tareas de cumplimiento en el marco de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia.
También ofrece más tiempo a los fideicomisos para que presenten sus declaraciones juradas informativas anuales. La decisión alcanza tanto a los fideicomisos constituidos en el país como aquellos del exterior.
La AFIP reemplazó este año el régimen de información sobre participaciones societarias para requerir a los contribuyentes la información referida a los beneficiarios finales; aquellas personas humanas que, en última instancia, mantienen una participación en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.
La decisión que está en línea con prácticas internacionales que buscan prevenir maniobras de ocultamiento de información sobre los “verdaderos dueños” de las distintas personas jurídicas, entidades o estructuras.
Para conocer el detalle de la Resolución General 4839/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236464/20201023.
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La Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18.8.77 estableció, mediante la Resolución General 14/2020, sustituir el artículo 2° de la Resolución General 5/2009 y así establecer que el Sistema de Pago Electrónico (VEP) sea de carácter obligatorio para todos los contribuyentes del Convenio Multilateral, a partir del 1° de enero de 2021.
A su vez, el Pago Electrónico se materializará a través de la emisión de los respectivos formularios y archivos que se generan por el Aplicativo Si.Fe.Re WEB y el Volante de Pago Electrónico (VEP). Este último podrá ser emitido durante las veinticuatro 24 horas y los 365 días del año, y tendrá validez hasta los 25 días corridos posteriores al de su generación.
La cancelación del Volante de Pago Electrónico se efectivizará a través de una transferencia electrónica de fondos desde una cuenta bancaria abierta en las entidades bancarias autorizadas.
Los contribuyentes podrán efectuar la consulta de los pagos realizados y la impresión de los VEP generados, a través de la página WEB de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con la utilización de su clave fiscal ingresando a “Servicio de presentación de declaraciones juradas y pagos”.
Finalmente, “el pago de las obligaciones será considerado efectuado en término cuando la fecha y el horario consignado en el comprobante respectivo, acredite haberlo realizado antes de la finalización del día de vencimiento general fijado en el cronograma previsto en las normas vigentes”.
Para acceder a la Resolución General 14/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236364/20201021.
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La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) envió sendas misivas a los senadores y diputados por Córdoba manifestando su apoyo al proyecto de ley que declara la emergencia por 180 días para procesos de concursos preventivos y quiebras, aunque expresando también su preocupación –y el de todas las mipymes que representa- sobre la modificación que deja fuera del universo de empresas alcanzadas, a todas aquellas que solicitaron procesos de crisis con anterioridad al 20 de marzo.
“Luego de siete años de estancamiento de la economía nacional, Argentina se encuentra actualmente inmersa en una recesión que ya lleva tres años”, indicaron en los escritos enviados a los legisladores.
Atento a ello y a que “sólo en la Ciudad de Buenos Aires, en la Provincia de Buenos Aires y en Córdoba los procesos de concursos preventivos y quiebras crecieron en torno al 50% entre 2017 y 2019, solicitamos a los diputados y senadores representantes de nuestra Provincia que tengan a bien considerar la posibilidad de excluir de la modificación introducida en el artículo 1° al conjunto de micro, pequeñas y medianas empresas”.
“Entendemos que, en el actual contexto, tomar todas las medidas necesarias para asegurar la supervivencia de las MiPymes es la estrategia más acertada para revertir el deterioro socioeconómico que nuestro país se encuentra atravesando”, marcaron y agregaron: “El universo de empresas que representamos no sólo constituye casi la totalidad de la demografía empresaria nacional, sino que además explica más de seis de cada diez empleos formales”, recordaron.
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que los contribuyentes y sus asesores fiscales deberán informar todos los acuerdos, esquemas y planes utilizados para minimizar su carga tributaria.
Lo hizo a través de la Resolución General 4838/2020 publicada en el Boletín Oficial.
El nuevo régimen de información obligatorio procura fortalecer la capacidad de supervisión de las estrategias de “planificación fiscal” a las que recurren empresas y personas humanas para obtener beneficios en relación con los impuestos.
Asimismo, el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales otorga al organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont más herramientas para abordar potenciales maniobras de elusión y evasión fiscal.
La medida alcanza a las estrategias de planificación fiscal nacional así como los esquemas internacionales que, por ejemplo, involucren jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación.
También están cubiertas aquellas planificaciones fiscales internacionales en las que se utilizan sociedades para aprovechar los convenios para evitar la doble imposición, o se produzca un resultado de doble imposición internacional.
Los regímenes informativos como el que implementó la AFIP constituyen una práctica extendida entre las administraciones tributarias de todo el mundo, ya que permiten verificar que los tributos se ingresen en las jurisdicciones donde realmente se perfeccionan los hechos imponibles.
Al ampliar el nivel de conocimiento de las estructuras y operaciones utilizadas por los contribuyentes, la normativa permite identificar áreas de riesgo fiscal e incentivar el cumplimiento voluntario.
Estados Unidos, Irlanda, Reino Unido, Canadá, Portugal, Sudáfrica, México y Chile son algunos de los países que requieren a los contribuyentes reportar los acuerdos, esquemas, planes y acciones utilizados para obtener ventajas fiscales o beneficios en relación con cualquier impuesto o régimen de información.
Los datos recabados en relación a la planificación fiscal podrán ser objeto de intercambio con aquellos países con los que Argentina mantiene acuerdos.
Los sujetos alcanzados deberán presentar la información sobre la planificación fiscal nacional e internacional en forma digital en el sitio web de la AFIP.
La normativa obliga a los asesores fiscales y los contribuyentes a suministrar información clara y precisa, que permita comprender la planificación fiscal e identificar la ventaja fiscal o el beneficio esperado.
Cuando un asesor fiscal se ampare en el secreto profesional, deberá notificar al contribuyente para que este sea quien cumpla con la obligación.
La resolución también establece sanciones para quienes incumplan y no presenten la información requerida.
Para acceder a la Resolución General 4838/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236310/20201020.
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La Mesa de la Producción de Córdoba, que integra la Federación Comercial (Fedecom), pidió que se proteja el aparato productivo de Córdoba en el marco de la discusión legislativa del “excepcional” impuesto a la riqueza.
A través de un comunicado, precisó que se le hizo llegar al gobernador de Córdoba, Juan Schiaretti, los principales argumentos por los cuales sostienen que se trata de una iniciativa inconstitucional, que demuestra además desconocer la realidad productiva de la provincia y el país.
“Lo más grave: de prosperar dicho proyecto, generará exactamente el efecto contrario de lo que dice promover”, asegura el texto.
Según indican, el nuevo aporte “afectará a las empresas de todos los sectores -no sólo a los ‘ricos’ ni a las ‘grandes’ como se pretende hacer creer- gravando los bienes afectados a la producción”.
Para conocer el comunicado, ingrese al siguiente link.
Adhieren por la Mesa de la Producción de Córdoba: Bolsa de Cereales de Córdoba (BCCba), Bolsa de Comercio de Córdoba (BCC), Cámara de Comercio de Córdoba (CCC), Cámara de Comercio Exterior de Córdoba (CaCEC), Cámara de la Construcción – Delegación Córdoba (Camarco), Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona (Cartez), Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro), Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), Federación Agraria Argentina (FAA), Federación Comercial de Córdoba (Fedecom), Sociedad Rural Argentina (SRA), Unión Industrial de Córdoba (UIC) .
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El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación aprobó el reglamento del Régimen de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales creado por la Ley N° 27.563. Lo hizo a través de la Resolución 456/2020, publicada en el Boletín Oficial.
El programa consiste en que por cada compra anticipada -ya sea en agencia de viajes, alojamiento, pasajes u otros servicios turísticos- realizada hasta el 31 de diciembre de 2020 para viajar por Argentina en 2021, se recibirá un crédito equivalente al 50% de las compras realizadas.
Para ello, una vez realizado los gastos relacionados al turismo de manera anticipada, el usuario debe ingresar en la web oficial de “Previaje”, completar datos personales y la información sobre el viaje a realizar adjuntando los comprobantes. La solicitud debe efectuarse en un plazo de hasta 30 días, desde la fecha de realizada la compra.
Al reintegro puede acceder cualquier persona a través de su CUIT o CUIL, mayor de 18 años, que cumpla con los pasos de verificación de identidad y declare un domicilio en la Argentina. El crédito estará disponible a partir de la fecha del viaje o de prestación del servicio y hasta el 31 de diciembre de 2021.
El beneficio aprobado tiene un tope de 100 mil pesos.
El reintegro del 50% se acreditará en una billetera electrónica o en una tarjeta precargada expedida por el Banco Nación.
Por su parte, los comercios deberán aceptar tarjetas Mastercard o cobro mediante código QR para la Billetera Electrónica BNA+.
El monto mínimo que deberá acreditarse en concepto de una o más compras anticipadas para acceder al beneficio es de 10 mil pesos. Cabe destacar que el beneficio rige solo para compras anticipadas realizadas dentro del territorio nacional que deberán ser en concepto de:
- Servicios de alojamiento turístico nacional en hoteles, hosterías, cabañas, bungalow, aparts, camping, refugios de montaña, albergues juveniles y apartamentos de tiempo compartido.
- Transporte aerocomercial de cabotaje y terrestre de larga distancia nacional.
- Servicios adquiridos ante agencias de viaje nacionales, podrán generar crédito en concepto de beneficio por un monto de hasta 100 mil pesos.
Mientras que los demás servicios turísticos podrán generar crédito por un monto total de hasta 5 mil pesos. Una vez alcanzada la suma de 100 mil pesos, ya no podrá volver a generar crédito ni beneficio.
La posibilidad de canjear el beneficio se habilitará una vez alcanzado el monto mínimo acumulado de $10.000 entre uno o más comprobantes. El importe mínimo por comprobante es de $1.000. Se pueden presentar facturas B, C, ticket aéreos o boleto y pasaje en caso de transporte terrestre.
Para acceder a la Resolución 456/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236014/20201014.
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Las ventas minoristas por el Día de la Madre cayeron en la provincia de Córdoba 24,8% respecto de igual celebración del año anterior, de acuerdo con el relevamiento realizado por la Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) y sus Cámaras y Centros Comerciales adheridos. Cabe recordar que ya en octubre de 2019 las ventas habían caído un 11,3%, producto de la recesión.
En esta oportunidad, a la crítica situación económica se sumaron las restricciones impuestas para morigerar los efectos de la pandemia de coronavirus que limitaron la circulación y los encuentros familiares y con ello, los obsequios.
“El efecto del reciente endurecimiento de las medidas sanitarias se observa en la abrupta caída de las ventas de Gastronomía y Restaurantes”, explicó Ezequiel Cerezo, presidente de Fedecom. Y agregó: “todo esto se suma a la pérdida de poder adquisitivo de las familias que siguen postergando gastos, atento a lo que sucede con la pandemia que sigue avanzando” .
En efecto, al analizar el desempeño de las ventas según sus rubros se observa que el resultado final se encuentra marcadamente influenciado por el derrumbe de Gastronomía y Restaurantes cuya actividad cayó 80,3 en relación a la misma celebración del año pasado. “Si se omitiera ese valor, la caída de las ventas en general habría sido de 19,2 en relación al año pasado”, agregó Cerezo.
En el caso de los rubros restantes, todos registraron variaciones interanuales negativas, excepto, Artículos de informática, celulares y electrónicos que tuvo un incremento del 18,5% respecto a 2019.
Las variaciones en cantidades de los restantes rubros fueron:
Artículos deportivos y de recreación | -26,4 |
Articulos para el hogar y uso personal | -14,0 |
Bazares y Regalerías | -10,8 |
Bijouterie y Fantasía | -15,9 |
Blanco y Mantelería | -20,3 |
Calzado y Marroquinería | -40,8 |
Flores y Plantas | -9,1 |
Indumentaria y Lencería | -29,1 |
Joyería y Relojería | -50,7 |
Librería | -11,1 |
Perfumería y Cosmética | -12,2 |
Servicios de estética, belleza y relajación | -42,5 |
Por su parte, el ticket promedio en los comercios relevados fue de $1.450 y con respecto a los medios de pago, el 81% de las ventas se realizaron con tarjeta de crédito y el 19% restante, con efectivo o tarjetas de débito.
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La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) comparte con sus cámaras y centros comerciales asociados el documento elaborado en el marco del Grupo de los 6 (G6) del que la Fedecom forma parte, junto a la Secretaría de Ambiente de la provincia de Córdoba.
El trabajo pretende ser una introducción a la Ley de Ambiente. Su objetivo es hacer una aproximación sintética y organizada a la normativa que rige, indicando los accesos a los sitios donde profundizar la información y el inicio y seguimiento de los trámites ambientales.
Para acceder al documento, ingresar al siguiente link.
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