
El uso de Facturas de Crédito Electrónica se duplicó en 2021 como alternativa de financiamiento pyme
La negociación de Facturas de Crédito Electrónica MiPyME (FCEM) en el Mercado de Capitales creció un 100% en 2021 en relación al mismo período de 2020, una herramienta que ofrece alternativas de financiamiento para más de 215.000 empresas sin necesidad de evaluación crediticia.
Desde la creación de la FCEM, más de 215.000 contribuyentes -de los cuales el 50% son MiPyMEs empleadoras-, generaron una factura de este tipo con el propósito de vincularse comercialmente con una empresa grande.
Según los datos provistos por la AFIP a la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (SEPyME), entre enero y diciembre de 2021 se emitieron un promedio mensual de 401 mil FCEM por $568.000 millones.
El monto total de las FCEM negociadas en el Mercado Argentino de Valores (MAV) durante ese periodo fue de $4.240 millones, según datos preliminares de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
La tasa promedio a la cual se financiaron las MiPyMEs fue del 38% anual, y se trata de un tipo de financiamiento que permite que más empresas accedan a capital de trabajo sin evaluación crediticia, ya que el sistema financiero evalúa el riesgo de la gran empresa y además no consume el cupo de crédito del proveedor.
A fines de diciembre se modificaron los plazos de la FCEM, con el objetivo de mejorar la cadena de pagos de aquellas MiPyMEs que se vinculan comercialmente con grandes empresas. De esta manera, aquellas MiPyMEs que emitan desde julio de 2022 una FCEM a alguna de las 1.300 empresas grandes que figuran en el listado que publica la AFIP, se verán beneficiadas con una reducción en el plazo de cancelación, aceptación o rechazo de sus facturas de 30 a 25 días.
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El Ministerio de Desarrollo Productivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ampliaron el universo de beneficiarios del régimen simplificado de exportación (Exporta Simple), al incorporar a los sujetos exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La resolución general conjunta 5134, publicada en el Boletín Oficial, establece que quienes se encuentran eximidos de pagar dicho impuesto puedan utilizar el régimen Exporta Simple.
De esta forma, se podrán incorporar al esquema las organizaciones civiles y los organismos del Estado que realizan exportaciones no tradicionales vinculadas a servicios como becas y subsidios internacionales, entre otros.
El esquema simplificado tiene por objeto facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía, con fines comerciales a través de Operadores Logísticos (OLES); y apunta principalmente a los emprendedores y Pymes que quieran exportar.
El plan original comenzó en agosto de 2017 y desde su puesta en marcha se efectuaron más de 21.400 operaciones por un total de US$61,5 millones a más de 120 destinos (predominando las ventas a Estados Unidos, Chile, Uruguay, México y Perú), con 1.550 productos, y se sumaron 860 nuevos exportadores.
Las operaciones de venta al exterior se hicieron por un promedio de US$2810 cada una y con un peso de 37,5 kilos.
De acuerdo a los considerandos de la resollución, la decisión de ampliar el alcance del régimen a los sujetos eximidos por el IVA, permitirá “promover el crecimiento económico y el desarrollo, incentivando las exportaciones y ofreciendo diferentes tipos de mercaderías y servicios en mejores condiciones de competencia”.
Para utilizar el régimen simplificado de exportación, los sujetos beneficiarios deberán contar con CUIT y clave fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo, y alta en el IVA, el impuesto a las ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), según corresponda.
Además, las mercaderías a exportar no pueden superar los US$15.000 por producto, y los US$600.000 anuales por sujeto.
Asimismo, quienes utilicen el esquema no tienen que pagar derechos de exportación.
Semanas atrás, la Aduana, en conjunto con el Ministerio de Desarrollo Productivo, optimizó el funcionamiento de la plataforma de Exporta Simple en su nueva versión 2.0 y, con los cambios introducidos, se simplificaron los procesos al tiempo que se potencia la fiscalización y el control aduanero de las operaciones.
Con las modificaciones de la nueva versión, se simplifica la confección de la factura de venta al exterior, que ahora será gestionada por el propio exportador sin la necesidad de recurrir a un operador logístico; y se amplía la participación de los operadores logísticos brindando una mayor diversidad en su elección.
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El primero de enero de 2022, entró en vigencia la Ley Impositiva Anual 2022 de Córdoba (Ley 10.788), en la que se establecen las alícuotas y cuotas fijas para la percepción de los tributos de la Provincia de Córdoba correspondientes al año 2022, incluidas las tasas retributivas de servicios por trámites a iniciar ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas (IPJ).
De acuerdo con la información suministrada por la Consultora PROBO, las tasas serán aplicables a todos los trámites que sean ingresados efectivamente a partir del 01 de enero de este año ante IPJ, perdiendo validez la totalidad de tasas que se hubieran abonado en el periodo 2021 por el mismo trámite. “Por ejemplo, si el 28 de diciembre iniciaste la carga de un trámite y abonaste la tasa conforme la Ley Impositiva 2021 pero pudiste finalizarlo efectivamente recién el 3 de enero, deberás abonar nuevamente la tasa, pero conforme los valores establecidos en la Ley Impositiva 2022”, se indicó.
En ese sentido, Probo difunde los nuevos valores vigentes para Asociaciones Civiles (incluye Federaciones, Confederaciones y Cámaras) y Fundaciones (regulados en el Art. 82 de la citada Ley):
- Constitución de Asociaciones Civiles y Fundaciones (Modelo Preaprobado por IPJ): $2.000.
- Constitución de Asociaciones Civiles y Fundaciones (Instrumento redactado por el ciudadano): $4.500.
- Asambleas y reuniones (Instrumento aprobado por la IPJ): Sin costo.
- Asambleas y reuniones de personas jurídicas con equidad de género: Sin costo.
- Asambleas y reuniones de Asociaciones Civiles y Fundaciones: $600.
- Informes, certificados y copias, en formato papel, por hoja, Asociaciones Civiles y Fundaciones: $100.
- Informes, certificados y copias, en formato digital, Asociaciones Civiles y Fundaciones: $500.
- Desarchivo de trámites / Desistimiento de Asociaciones Civiles y Fundaciones: $800.
- Por cada solicitud de asistencia de veedor o inspector, asociaciones civiles y fundaciones: $1.500.
- Recursos contra resoluciones administrativas Asociaciones Civiles y Fundaciones: $500.
Finalmente, PROBO refiere que ha sido eliminada la tasa retributiva de servicios para reservas de denominación para constitución de Asociaciones Civiles y Fundaciones.
Para leer en detalle la Ley Impositiva Anual 2022, ingrese aquí.
Por dudas o inquietudes, se puede escribir a info@probo.com.ar.


El Ministerio de Desarrollo Productivo extendió la vigencia de 22 líneas de financiamiento para MiPyMES destinadas a capital de trabajo, proyectos de inversión productiva y exportaciones.
La prórroga, aprobada por los comités del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) y del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR), incluye también a los créditos a tasa 0% para sectores críticos (cultura y turismo).
En todos los casos, se trata de créditos que funcionan bajo la órbita de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (SEPYME), y que cuentan con tasa subsidiada por debajo del 25% a través del FONDEP y con respaldo del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR).
De esa manera, la línea de inversión productiva con 25 bancos públicos y privados, LIP PyMEs, y la Internacionalización del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) quedaron prorrogadas hasta el 31 de marzo del 2022; mientras que las de Capital de Trabajo del BICE para exportadoras a Brasil, Inversión Productiva (BICE) y Agricultura Familiar con el Banco Nación, fueron extendidas hasta el 31 de diciembre de 2022.
En tanto, las líneas con el Banco Nación (BNA) de Producción de Alimentos, Adecuación Ambiental, Gastronómicos, Digitalización PyME, Licenciatarios de Servicios TIC Enacom-BNA, Proyectos Estratégicos, Telemedicina Pami-BNA, Motovehículos, Inversiones, Turismo y Cultura, continuarán hasta el 30 de junio de 2022.
También estarán vigentes hasta esa fecha los créditos directos del FONDEP, las líneas en pesos y dólares del banco ICBC para pre-financiar exportaciones, la del BICE para Empresas Productivas Provinciales, y las líneas de Desarrollo Federal con las provincias, tanto para capital de trabajo como para inversiones, incluida la línea Impulso Mujeres en la provincia de Buenos Aires.
Para más información, https://www.argentina.gob.ar/produccion/financiamiento-pyme
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Las ventas minoristas de los comercios pymes de la provincia de Córdoba finalizaron el mes de diciembre con un aumento de 5,7% frente a igual mes del año anterior, de acuerdo con los datos relevados por la Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) y sus Cámaras y Centros Comerciales adheridos.
De este modo, y luego de considerar los altos y bajos que se observaron durante el año en la comparación de las cantidades vendidas en cada mes, las ventas minoristas de los comercios pyme cordobeses crecieron a un promedio de 2,23% mensual en relación a 2020.
“Diciembre vuelve a mostrar la consolidación de la tendencia de crecimiento en las ventas que venimos observando desde septiembre pasado. Eso es muy bueno y nos llena de expectativas”, dijo Ezequiel Cerezo, presidente de Fedecom.
“Sin embargo, al tener en cuenta que las comparaciones son en relación a un año como fue el 2020, marcado por la pandemia y por las restricciones impuestas a las distintas actividades productivas para tratar de contener los efectos del coronavirus, uno puede observar que la mejora dista mucho de lo que uno desearía”, agregó.
En ese sentido, recordó lo que en varias oportunidades se analizó en relación al consumo de las familias. “Se mantienen precavidas, expectantes frente al desconcierto de lo que puede pasar en materia sanitaria y económica. Muy pocos son los que atravesaron las dos olas anteriores de contagios y esta tercera que estamos viviendo sin ningún sobresalto”, refirió.
En ese sentido, el Departamento de Estadísticas de Fedecom relevó parte de esas consecuencias y observó que 4,5% de locales comerciales y de servicios de la provincia de Córdoba cerraron sus puertas durante el segundo semestre de este año.
Esa situación se observó de manera más marcada entre las agencias de viajes, excursiones, paseos y travesías, los servicios de alojamientos (hoteles, hosterías, hospedajes) y los parques y espacios recreativos.
También se mostró, aunque con menos fuerza, entre los negocios de Joyería, relojería y bijouterie; Muebles y decoración, y Bazar y regalos.
“Muchos de estos cierres obedecieron también a una cuestión de estructura empresaria en la que se privilegió el ‘achicamiento’ de gastos y costos fijos para favorecer la supervivencia de la empresa”, reflexionó Cerezo.
La incidencia de estos cierres entre las grandes ciudades se sintió con más fuerza en Villa María, donde 5% de los comercios cerraron durante el segundo semestre.
En cuanto a las localidades turísticas, en Cosquín y Río Ceballos esa situación se hizo más notoria ya que 10% de los comercios y prestadores de servicios cerraron.
Ventas de diciembre de 2021
En el último mes del año, los 11 rubros relevados por la entidad mostraron valores positivos en la comparación interanual respecto a las cantidades vendidas.
- Alimentos y bebidas 5,8%;
- Artículos deportivos y de recreación 5,0%;
- Calzados y marroquinería 5,9%;
- Electrodomésticos y artículos electrónicos 5,6%;
- Farmacia 7,9%;
- Ferretería, materiales eléctricos y materiales para la construcción 4,6%;
- Indumentaria 6,3%;
- Juguetería y librerías 4,8%;
- Muebles y decoración 3,9%;
- Neumáticos y repuestos 6,5%;
- Perfumería y cosmética 5,1%.
En lo referido a formas de pago, el 62% de las transacciones se realizaron con medios electrónicos, un 29% en efectivo y un 9% con créditos propios.
Respecto a la situación actual de los comercios, el 58% de los encuestados manifestó que es de regular a mala.
Para acceder al Informe comercial, ingrese aquí.

Para acceder al Informe de cierre de locales, ingrese aquí:


El Senado de la Nación aprobó y convirtió en Ley, la modificación del Impuesto a los Bienes Personales que eleva de 2 a 6 millones de pesos el monto no imponible, para objetos particulares, y de 18 millones de pesos a 30 millones de pesos, para las casas-habitación.
La iniciativa modifica el artículo 24 de la ley 23.966 de Impuesto sobre los Bienes Personales. Allí se dispone también que los montos se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) del Indec correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste.
La iniciativa fue aprobada por unanimidad originalmente en el Senado a fines de octubre de este año, pero cuando pasó a Diputados se le añadieron dos nuevos tramos para los bienes nacionales de 1,50 % y de 1,75 % para las porciones de las bases imponibles que superen los 100 millones y 300 millones de pesos, respectivamente.
También se modifican las alícuotas para los bienes situados en el exterior y se establecen porcentajes que van del 0,70 % al 2,25 %.
Finalmente, se faculta al Poder Ejecutivo nacional a incrementar, durante el año fiscal 2022, los montos previstos en el inciso z) del artículo 26 (exención para el sueldo anual complementario) y en el anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) simplificó la realización de trámites virtuales, lo que permitirá concretar más de 90 gestiones a través de la herramienta «Presentaciones Digitales».
Así, AFIP definió que el servicio de Presentaciones Digitales funcione como una herramienta permanente para que las y los contribuyentes realicen trámites de manera virtual; y la obligatoriedad de su uso será progresiva.
La Resolución General 5126 que se publicó en el Boletín Oficial, facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la realización de gestiones; y permite avanzar con el proceso de despapelización acelerado por la irrupción de la pandemia del Covid-19.
El servicio ofrece la posibilidad de iniciar un nuevo trámite, completar la información de uno anterior, visualizar en qué estado se encuentra, cancelarlo o guardar una copia de respaldo, entre otras opciones.
Existen más de 90 trámites disponibles para realizar a través de una presentación digital, entre ellos la vinculación de claves, modificaciones de categorías de monotributo, inscripción y modificación de datos de personas jurídicas, corrección de CUIL, ejecuciones fiscales y certificados de exención y no retención de impuestos.
Para poder realizar una presentación digital es necesario tener CUIT, CUIL o CDI, y clave fiscal con nivel de seguridad dos o superior.
Para utilizar el servicio las y los contribuyentes deben ingresar con su CUIT, CUIL o CDI, y clave fiscal en el sitio web; luego, seleccionar la opción “Mis Servicios” y tipear “Presentaciones Digitales” en la barra de búsqueda.
Tras elegir la opción “Ingresar”, dentro de “Nueva presentación digital”; el sistema permitirá elegir el trámite a realizar y ver los requisitos o documentación necesaria; y en el recuadro de “Descargo” se deberá detallar la solicitud.
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El Ministerio de Desarrollo Productivo, a través de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, modificó los plazos de la Factura de Crédito Electrónica Mipyme (FCEM), con el objetivo de mejorar la cadena de pagos de aquellas micro, pequeñas y medianas empresas que se vinculan comercialmente con grandes compañías.
Lo hizo por intermedio de la resolución 146/2021 publicada en el Boletín Oficial.
De esta manera, aquellas mipymes que emitan desde julio del año próximo una FCEM a alguna de las 1.300 “empresas grandes”, que figuran en el listado que publica la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se verán beneficiadas con una reducción en el plazo de cancelación, aceptación o rechazo de sus facturas de 30 a 25 días.
“La estrategia del Ministerio es que las pymes encuentren certeza de cobro de sus facturas y, a la vez, que tengan opciones para acceder a capital de trabajo de forma complementaria a través de las más de 30 líneas de financiamiento que se pusieron en marcha en los últimos dos años”, destacó el secretario Pyme, Guillermo Merediz, en un comunicado.
Asimismo remarcó que “la sinergia con los organismos públicos como la AFIP, el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores y los actores privados es fundamental”.
Por otro lado, explicó que “esta herramienta busca consolidar las cadenas productivas en el país y fortalecer las relaciones comerciales entre pymes y grandes empresas, permitiendo que las pequeñas tengan mayor certeza de cobro y mejoren su estructura financiera”.
“A su vez, propicia que las empresas más grandes generen cadenas de proveedores más sólidas para, de esta forma, mejorar la productividad del país”, precisó Merediz.
La modificación disminuye por primera vez los plazos previstos en la resolución 209/2018 del ex Ministerio de Producción, y otorga un plazo de seis meses, hasta el 30 de junio de 2022, para que las grandes empresas adecuen sus procesos administrativos y sistemas para cumplir con esta nueva reglamentación.
Además, la norma extiende hasta el 31 de diciembre del año que viene la posibilidad de que las mipymes puedan ceder su factura antes de los plazos mencionados para que puedan descontarla a través de herramientas de factoraje tradicional.
El Régimen de FCEM establece que una micro, pequeña o mediana empresa está obligada a emitir este comprobante en todas las operaciones comerciales que realiza con una empresa grande, siempre que el monto total sea igual o superior a $195.698.
Es por ello que, la empresa de mayor tamaño contará desde julio con un plazo de 25 días para pagar sus facturas, aceptarlas para que se conviertan en título ejecutivo y poder ser negociadas o bien rechazarlas ante posibles inconvenientes que contengan.
Los datos provistos por la AFIP arrojan que entre enero y noviembre de 2021 se emitieron en promedio mensual 397.000 FCEM, un 8,3% más que en 2020, por $523.000 millones, de los cuales fueron negociados $335.000 millones en el mercado de capitales a una tasa del 38%, logrando un crecimiento del 86% respecto al idéntico período del año anterior.
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El Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba actualizó el protocolo de vigilancia Covid-19. Ante el incremento de contagios de variante Ómicron y según la última evidencia científica, se modificaron criterios de manejo de casos y contactos estrechos. Así, se establece una reducción en la cantidad de días de aislamiento para contactos estrechos, y también para personas con Covid-19 sintomáticas y asintomáticas. En todos los casos se considerará si se cuenta o no con el esquema completo de vacunación y la presencia de síntomas.
Actualización de información para contactos estrechos
Se considera contacto estrecho a toda persona que haya proporcionado cuidados a otra con Covid-19 cuando estaba con síntomas, o 48 horas previas al inicio de los mismos, sin utilizar las medidas de protección personal adecuadas.
También se considera contacto estrecho a cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a dos metros con otra que tenga Covid-19 mientras el caso presentaba síntomas, o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas, durante al menos 15 minutos (por ejemplo convivientes, visitas, compañeros de trabajo), sin mantener las medidas de protección personal adecuadas.
Una tercera definición incluye a toda persona que haya permanecido o compartido un espacio cerrado sin ventilación adecuada con una persona con Covid-19 durante al menos 10 minutos, sin importar la distancia o si se utilizó barbijo (como convivientes, visitas, compañeros de trabajo).
Periodo de aislamiento
Para los contactos estrechos, el periodo de aislamiento será de cinco días, contando a partir de la ultima fecha del contacto con el caso positivo, siempre y cuando sean asintomáticos, presenten esquema completo de vacunación (dos o tres dosis según corresponda) y un test de antígeno negativo al quinto día. Recordar que el contacto estrecho deberá testearse al momento de la identificación como tal y al día cinco.
Con test negativo, el quinto día podrá salir del aislamiento, pero con estricto monitoreo de síntomas y reforzando las medidas de protección (uso de barbijo quirúrgico, ventilación de lugares y evitar reuniones sociales o familiares), por al menos cinco días posteriores al alta.
En el caso de las personas que no cuentan con el esquema de vacunación completo, el alta se otorgará al séptimo día, con test de antígeno negativo, siempre y cuando sea asintomático y con refuerzo de las medidas de protección (uso de barbijo quirúrgico, ventilación de lugares y evitar reuniones sociales o familiares) por tres días más.
Cabe mencionar que se considera esquema completo de vacunación una vez transcurridos los 14 días después de la última dosis.
Actualización de aislamiento para casos Covid-19 positivos con síntomas
Un caso es considerado positivo a partir de la fecha de inicio de síntomas o a partir de la fecha del test positivo en el caso de los asintomáticos.
- Casos positivos con síntomas
En relación a los casos positivos sintomáticos con cuadros leves o moderados que no necesitaron internación y presentan esquema completo de vacunación (dos o tres dosis según corresponda) y habiendo pasado al menos 24 horas sin síntomas el periodo de aislamiento se acorta a siete días.
En estos casos no es necesario realizar un test para su alta, siempre y cuando hayan pasado al menos un día sin síntomas.
Una vez obtenida el alta, deberá reforzar por tres días las medidas de protección (uso de barbijo quirúrgico, ventilación de lugares y evitar reuniones sociales o familiares).
- Casos positivos sin presencia de síntomas
Con respecto a los casos positivos asintomáticos, el periodo de aislamiento será de cinco días, siempre y cuando presente esquema completo de vacunación (dos o tres dosis según corresponda).
Luego del alta y por cinco días deberá reforzar las medidas de protección personal y evitar compartir espacios comunes en el ámbito laboral y en reuniones sociales, especialmente con personas de riesgo.
Tanto en casos positivos sintomáticos y asintomáticos de personas que no cuentan con esquema de vacunación completo, el alta se otorgará al día 10, sin necesidad de un test adicional.
En relación a la confirmación por nexo epidemiológico, se entiende como tal a toda persona que en los últimos 10 días haya sido contacto estrecho con un caso confirmado o forme parte de un conglomerado de casos, con al menos un caso confirmado y presente dos o más de los siguientes síntomas: fiebre, tos, odinofagia, dificultad para respirar, rinitis, vómitos o diarrea o cefalea o mialgias.
Así como también a toda persona que en ausencia de cualquier otra causa identificada comience con pérdida repentina del gusto o del olfato.
Las personas que entren en esta categoría, deberán cargar su condición aquí: https://asistenciacovid19.cba.gov.ar/ContactoEstrecho
Para conocer el detalle del nuevo Protocolo, ingrese aquí.
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Representada por su vicegobernador, Manuel Calvo, el gobierno de la provincia de Córdoba suscribió ayer en Casa Rosada, junto a representantes de las otras 22 provincias argentinas y el gobierno Nacional, el Consenso Fiscal 2022.

Luego del encuentro y en el comunicado oficial, el Gobierno recordó que la firma del consenso ratifica la decisión de Córdoba de continuar con el proceso de simplificación tributaria y reducción de impuestos que ya viene instrumentando.
El nuevo documento nacional prevé que las alícuotas de Ingresos Brutos no deberán ser superiores a las establecidas para cada actividad y ratifica la decisión de analizar en 2022 la posibilidad de legislar sobre un impuesto a la herencia.
También contiene un capítulo denominado de “endeudamiento responsable”, que determina que las provincias podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera solo a través de líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito y fija en materia de “responsabilidad fiscal” que “la regla de límite de crecimiento del gasto estará regida en todos los casos por el incremento del PIB”, entre otras cuestiones.
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