Se actualizaron los topes de las categorías para ser mipyme

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa actualizó los topes de facturación que determinan qué empresas se encuadran dentro del registro de micro, pequeñas y medianas, que entrarán en vigencia a partir de mañana.

La actualización quedó oficializada, a través de la Resolución 19/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Allí se modificó los montos máximos de facturación en todos los sectores y tramos tomando como referencia el índice de precios implícitos del Producto Bruto Interno (PBI) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

Los nuevos topes de ventas anuales que comienzan a regir a partir de mañana son:

Para la construcción

  • $24,99 millones para las micro;
  • $148,26 millones para las pequeñas;
  • $827,21 millones para las medianas tramo 1;
  • $1.240,68 millones, para las del tramo 2.

Para los servicios

  • $13,19 millones para las micro;
  • $79,54 millones para las pequeñas;
  • $658,35 millones para las medianas tramo 1;  
  • $940,22 millones para las del tramo 2.

Para el comercio

  • $57 millones para las micro;
  • $352,42 millones para las pequeñas;
  • $2.588,77 millones para las medianas tramo 1;
  • $3.698,27 millones para las del tramo 2.

Para industria y minería

  • $45,54 millones para las micro;
  • $326,66 millones para las pequeñas;
  • $2.530,47 millones para las medianas tramo 1;
  • $3.955,20 millones para las del tramo 2.

Para el sector agropecuario

  • $30,77 millones para las micro;
  • $116,30 millones para las pequeñas;
  • $692,92 millones para las medianas tramo 1;
  • $1.099,02 millones para las del tramo 2.

En cuanto al personal ocupado, los máximos son de 12 para las micro; 45 para las pequeñas; 200 para las medianas tramo 1; y 590 las del tramo 2 en la construcción.

En tanto que son 7 para las micro; 30 para las pequeñas; 165 para las medianas tramo 1; y 535, las del tramo 2 en los servicios.

Asimismo, son 7 para las micro; 35 para las pequeñas; 125 para las medianas tramo 1 y 345 las del tramo 2 en comercio.

Además, son 15 para las micro; 60 para las pequeñas; 235 para las medianas tramo 1; y 655, las del tramo 2 en industria y minería.

Por último, son 5 para las micro; 10 para las pequeñas; 50 para las medianas tramo 1 y 215 las del tramo 2 en el sector agropecuario.

Para acceder a la Resolución 19/2021, ingrese a https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/242536/20210331.

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