La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) recuerda a sus asociados que, a través de Ley Provincial Nº 10.670, se estableció la prórroga de implementación de Ley 10.281 en materia de seguridad eléctrica, según se manifiesta:
Artículo 1: se prorroga hasta el 1-12-2021 el plazo para readecuar las instalaciones de alumbrado público y señalización.
Artículo 2: Se suspende hasta el 1-12-2021 la obligación de acreditar las condiciones de seguridad mediante certificado de matriculado para instalaciones públicas y privadas, en inmuebles y en vía pública, en ocasión de reanudación de servicio, existentes al momento de entrada en vigencia.
Artículo 4: se dispensa a las propiedades particulares, con habilitación anterior a la fecha de entrada en vigencia de la ley (1-12-2017) de la presentación del certificado de instalación eléctrica mientras dure la suspensión de la ley según artículo.
Vale recordar que Fedecom gestionó ante la Legislatura Provincial la prórroga para la implementación, teniendo en cuenta que hoy existen sectores que se encuentra atravesando una delicada situación económica que dificulta el inmediato desembolso de gastos incrementales a su estructura, para los cuales la adecuación de las instalaciones representan importantes erogaciones, difíciles de asumir en la presente coyuntura.
Vale recordar que los aspectos relevantes de la nueva Ley son los siguientes:
- Propiedades nuevas, tienen que cumplir con la ley.
- Propiedades existentes antes de la ley (1-12-2017), tienen hasta el 1-12-2021 y no necesitan de un certificado de seguridad en caso de reanudación de servicio (por corte o por transferencia de medidor).
- Propiedades nuevas, construidas después de la habilitación de la ley, tiene que presentar el certificado.
Se recomienda aguardar la reglamentación e ir gestionando las modificaciones necesarias para adecuarse a la Ley. Fedecom, en tanto, seguirá peticionando líneas de crédito accesibles para tal fin.