Oficializan nuevo piso de Ganancias en $ 506.230 brutos y exención a adicionales salariales

El Gobierno formalizó el nuevo mínimo no imponible para el impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2023 para la cuarta categoría que es de $506.230 mensuales brutos a partir de este mes, que beneficiará a 250.000 personas, y además ratificó la eximición de Ganancias a los adicionales salariales de más de 600.000 trabajadores que cobran estos conceptos, como bonos por productividad, horas extras y antigüedad.

A través del decreto 267/2023 publicado en el Boletín Oficial, se determinó que por el nuevo piso de Ganancias no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $506.230.

Asimismo, en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes los supere pero resulte inferior o igual a $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.

La modificación realizada permitirá una reducción del total de trabajadores que pagan impuesto a las Ganancias.

El nuevo mínimo no imponible resultará de aplicación para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023.

Por otra parte, un dictamen de la Subsecretaría de Ingresos Públicos estableció criterios generales sobre conceptos que pueden gozar de la exención en Ganancias, y que pueden dar lugar a deducciones.

Entre los conceptos que ya no pagarán Ganancias se encuentran bonos por productividad, por fallo de caja y conceptos de similar naturaleza; adicional por zona; asignación jerárquica por mayor responsabilidad, por especialización, guardia pasiva; movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas, y horas extras, adicionales por turno rotativo y similares; antigüedad, bonificación por eficiencia, gratificación y plus remunerativo.

La mejora salarial de bolsillo, según los rubros en los que se desempeñe cada empleado, será de hasta un 16%, según cálculos de Economía.

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