La inscripción al Repro será del 25 de abril al 1 de mayo para salarios devengados este mes

El Ministerio de Trabajo estableció el plazo para la inscripción al Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo (Repro), y el pago de una asignación dineraria individual para los trabajadores del sector de la salud a cuenta de los salarios devengados durante este mes, a través de la Resolución 448/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Además, extendió el Programa de Asistencia de Emergencia y Extraordinaria a los productores frutícolas y afines, de los departamentos General Roca, Avellaneda, Pichi Mahuida y El Cuy de la provincia de Río Negro, y de Añelo y Confluencia de la de Neuquén.

La norma estableció que el plazo para la inscripción en ambos programas será desde el 25 de abril al 1 de mayo próximo.

Además, determinó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Repro y del programa para productores frutihortícolas.

En ambos casos, los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán marzo de 2019 y de 2022, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será marzo último.

En tanto, el corte de actualización de bajas de nómina y el de CBU serán hasta el 23 de abril.

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