El Gobierno reglamentó la Ley Pymes

El gobierno nacional reglamentó la Ley Pyme 27.264 que crea el Programa de Recuperación Productiva para pequeñas y medianas empresas, aprobada por el Congreso en julio.

La norma refiere al tratamiento impositivo especial que se les confiere a las micro, pequeñas y medianas empresas (miPymes).

En ese sentido, los exime del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, y les computa como pago a cuenta en Ganancias el monto ingresado en concepto del tributo sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, conocido como impuesto al cheque.

Además, les otorga la posibilidad de diferir el ingreso del saldo resultante de la declaración jurada del IVA, y pagar a los 90 días de su facturación.

Por su parte, la AFIP deberá «emitir las resoluciones pertinentes con el fin de liberar del ingreso del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, a las miPymes cuyos períodos fiscales se inicien a partir del 1 de enero de 2017, como así también del ingreso de sus anticipos correspondientes a dicho período fiscal y subsiguientes, y a establecer el procedimiento para la acreditación o devolución de los anticipos de dicho impuesto que se hubiesen ingresado por el período fiscal por el cual no resulta aplicable el gravamen».

En otro orden, el decreto fija los requisitos para que las empresas puedan acogerse a los beneficios impositivos fijados por la ley, y aumenta del 8% al 10% la parte de la inversión que se puede desgravar de Ganancias.

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