El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación aprobó el reglamento del Régimen de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales creado por la Ley N° 27.563. Lo hizo a través de la Resolución 456/2020, publicada en el Boletín Oficial.
El programa consiste en que por cada compra anticipada -ya sea en agencia de viajes, alojamiento, pasajes u otros servicios turísticos- realizada hasta el 31 de diciembre de 2020 para viajar por Argentina en 2021, se recibirá un crédito equivalente al 50% de las compras realizadas.
Para ello, una vez realizado los gastos relacionados al turismo de manera anticipada, el usuario debe ingresar en la web oficial de “Previaje”, completar datos personales y la información sobre el viaje a realizar adjuntando los comprobantes. La solicitud debe efectuarse en un plazo de hasta 30 días, desde la fecha de realizada la compra.
Al reintegro puede acceder cualquier persona a través de su CUIT o CUIL, mayor de 18 años, que cumpla con los pasos de verificación de identidad y declare un domicilio en la Argentina. El crédito estará disponible a partir de la fecha del viaje o de prestación del servicio y hasta el 31 de diciembre de 2021.
El beneficio aprobado tiene un tope de 100 mil pesos.
El reintegro del 50% se acreditará en una billetera electrónica o en una tarjeta precargada expedida por el Banco Nación.
Por su parte, los comercios deberán aceptar tarjetas Mastercard o cobro mediante código QR para la Billetera Electrónica BNA+.
El monto mínimo que deberá acreditarse en concepto de una o más compras anticipadas para acceder al beneficio es de 10 mil pesos. Cabe destacar que el beneficio rige solo para compras anticipadas realizadas dentro del territorio nacional que deberán ser en concepto de:
- Servicios de alojamiento turístico nacional en hoteles, hosterías, cabañas, bungalow, aparts, camping, refugios de montaña, albergues juveniles y apartamentos de tiempo compartido.
- Transporte aerocomercial de cabotaje y terrestre de larga distancia nacional.
- Servicios adquiridos ante agencias de viaje nacionales, podrán generar crédito en concepto de beneficio por un monto de hasta 100 mil pesos.
Mientras que los demás servicios turísticos podrán generar crédito por un monto total de hasta 5 mil pesos. Una vez alcanzada la suma de 100 mil pesos, ya no podrá volver a generar crédito ni beneficio.
La posibilidad de canjear el beneficio se habilitará una vez alcanzado el monto mínimo acumulado de $10.000 entre uno o más comprobantes. El importe mínimo por comprobante es de $1.000. Se pueden presentar facturas B, C, ticket aéreos o boleto y pasaje en caso de transporte terrestre.
Para acceder a la Resolución 456/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236014/20201014.