El Banco Central autorizará al comercio a vender dólares

El Banco Central sancionó un nuevo marco normativo con el que planea habilitar a partir de marzo a los comercios y personas físicas, a través de un trámite express, a operar en el mercado de cambios.

De esta manera, un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá adicionar la operación con monedas extranjeras a su actividad principal, del mismo modo que podrá hacerlo un individuo, con lo que se facilita el acceso al cambio, en particular para los turistas extranjeros.

La norma tiene por “objeto brindar mayor competencia y transparencia a ese mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes, a la vez que simplificar toda la tramitación respectiva”, sostiene el comunicado de la entidad.

Así, mediante el decreto 27/18, el BCRA dispuso que las empresas de cualquier sector que operen de manera habitual en el mercado libre de cambios podrán funcionar como agencia de cambios con el único requisito de inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”.

También podrán hacerlo las personas físicas que previamente hayan constituido una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).

El “Registro de operadores de cambio” funcionará online, será de libre acceso y estará disponible en la web del BCRA. Una vez cumplido el trámite de inscripción, las nuevas agencias de cambio quedarán habilitadas para comenzar a operar de inmediato.

El comunicado concluye que “las disposiciones aprobadas hoy (por ayer) por el Directorio del BCRA entrarán en vigencia a partir del 1 de marzo de 2018”.

Comments are closed.