Créditos para pymes: 5.000 millones de pesos a tasa bonificada

El gobierno nacional dispuso la asignación de 5.000 millones de pesos para otorgar créditos a pequeñas y medianas empresas en el marco del Régimen de Tasa Bonificada, dentro del Programa de Estímulo para el Crecimiento de Mipymes.

El decreto presidencial 145/2017, publicado en el Boletín Oficial, establece que los créditos serán para proyectos de inversión productiva, ampliación de plantas, galpones, compras de bienes de capital e insumos o pago de salarios, con tasas de interés de entre 11% y 15,5% anual, con bonificación del Estado.

Los créditos tienen como objetivo incentivar a las pymes a financiarse en el mercado formal y crear sujetos de crédito para el sector financiero.

En una primera etapa, a partir de este mes de marzo se ofrecerán 2.000 millones de pesos destinados a los rubros de inversión productiva y bienes de capital, en los sectores de industria, minería, comercio, construcción y servicios, en los que cada pyme podrá tomar un préstamo máximo de 10 millones de pesos, con un interés máximo de 19%.

En una segunda etapa, que comenzará en abril, habrá con un cupo de 3.000 millones de pesos para proyectos de inversión, bienes de capital, capital de trabajo y los programas Mi Galpón y Parques Industriales.

La banca de garantías, a través de las Sociedades de Garantías Recíprocas, otorgará los avales necesarios para aquellas pymes que presenten una situación de mayor debilidad ante los requisitos del sector financiero.

Para aplicar a cualquiera de los préstamos, será condición esencial de las empresas estar categorizadas en el registro pyme de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Beneficios de la Ley Pyme

Vale recordar que el Gobierno reglamentó la Ley Pyme 27.264, aprobada en julio último, que crea el Programa de Recuperación Productiva para las micro, pequeñas y medianas empresas, a las que otorga beneficios impositivos.

Mediante el decreto 1101/2016, se excluyó del impuesto a la Ganancia Mínima Presunta a las mipymes que cuyos períodos fiscales comiencen en enero de 2017.

Además, les computa como pago a cuenta en Ganancias el monto ingresado por el tributo sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias, y les otorga la posibilidad de diferir el ingreso del saldo resultante de la declaración jurada del IVA y pagar el saldo a los a los 90 días de su facturación.

El decreto también prevé beneficios impositivos con un diferencial de entre 5% y 15% para las economías regionales, desgravar Ganancias hasta el 10% de las inversiones productivas realizadas, y devolver el IVA de los desembolsos en bienes de capital e infraestructura a través de un bono de crédito fiscal.

En tanto, elevó los umbrales de retención de IVA en 135% y de percepción de Ganancias en 400%; y permite otorgar a las micro empresas certificados de no retención de IVA automático.

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