22May
El Gobierno creó el Régimen de Exportación Simplificada denominado «Exporta Simple», con el objetivo de «facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía con fines comerciales», que no superen los 600 mil dólares y hasta 300 kilos de peso, a través del servicio postal.
La decisión quedó establecida a partir de una resolución conjunta del Ministerio de Producción y la AFIP, publicada en el Boletín Oficial.
Según lo dispuesto:
- Los sujetos beneficiarios deberán contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo.
- El monto anual de facturación de estas exportaciones no podrá superar el valor FOB equivalente a 600 mil dólares por sujeto.
- Cada operación individual no podrá superar el valor FOB de 15 mil dólares por sujeto.
- Los bienes sujetos a exportación mediante el presente régimen deberán ser producidos en el país, no alcanzados por prohibición, suspensión o cupo a la exportación.
- El peso unitario de cada envío no podrá superar los 300 kilos brutos.
- Los bienes a exportar mediante el presente régimen no podrán ser aquellos sometidos a un tratamiento operativo específicamente normado para el control aduanero.
Además, el Gobierno fijó que la vía de egreso de la mercadería alcanzada por este Régimen se realizará mediante la intervención de «Prestadores de Servicios Postales».