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Las exportaciones crecieron 13,5% en el último trimestre de 2016

Las exportaciones argentinas sumaron 14.138 millones de dólares en último trimestre de 2016, lo que implicó una expansión interanual de 13,5%, que medida en cantidades representa un crecimiento del 11,9%, según informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

El informe detalló que, en el mismo período, las importaciones, según cantidades, aumentaron 2,9%, y totalizaron 14.076 millones de dólares, equivalentes a una contracción en valores del 0,8%.

Los precios de las exportaciones subieron 1,5% mientras que los de las importaciones cayeron 3,5%, de acuerdo con los datos oficiales.

El índice de términos del intercambio, que mide la relación entre los índices de precios de las exportaciones e importaciones, registró en el trimestre una suba de 5,2%, comparado con igual período del año anterior.

El aumento de las exportaciones fue impulsado principalmente por productos primarios y manufacturas de origen agropecuario (MOA).

Las exportaciones de productos primarios aumentaron en valor 37,5% (5,8% precios; 30% cantidades); las de MOA crecieron 11,0% (5,2% precios; 5,4% cantidades); la de manufacturas de origen industrial (MOI) se incrementaron 4,3% (-4,3% precios; 9% cantidades) y las de combustibles y energía se expandieron 17,8% (1,7% precios; 16,2% cantidades).

La pequeña contracción de las importaciones del trimestre respecto de igual período del año anterior se debió en buena medida a las menores importaciones de bienes intermedios (principalmente químicos, plásticos, caucho, textiles y metales) y combustibles y energía.

Las importaciones de bienes de capital y equipo de transporte industrial aumentaron en valor 11,8% (-1,9% precios; 13,8% cantidades); las de bienes intermedios declinaron 15,1% (-10,8 precios; -4,7% cantidades); y las de combustibles y lubricantes cayeron 21,6% (-14,7% precios; -8% cantidades)

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El Ahora 12 tendrá un costo financiero total de casi 28% anual

Desde hoy 1 de febrero, los comercios deben transparentar las tasas de interés del plan Ahora 12 y Ahora 18, que continúan con el mismo interés que ya tenían antes de la resolución, sólo que ahora ese costo financiero será visible.

precios transparentes

La tasa directa, que es la que le cobran las tarjetas a los comercios, para el Ahora 12 es del 10% y para el Ahora 18 es del 15%.

Para el consumidor, el Ahora 12 tiene una tasa efectiva anual (TEA) del 22,17% y un costo financiero total (CFT) del 27,69%. En el Ahora 18 la TEA es del 23,8% y el CFT del 30,01%. Hasta ahora, ese costo quedaba incluido en el precio del producto.

«Siguen siendo programas muy interesantes para comercios que no pueden negociar buenas tasas con las tarjetas, ya que es mucho más baja que la tasa de mercado, pues se encuentra parcialmente subsidiada por el Estado, que baja el encaje a los bancos y empresas financieras participantes», explicaron desde la Secretaría de Comercio.

La nueva norma obliga a explicitar el CFT del Ahora 12, con lo cual se pasa de un esquema de cuotas sin interés a uno de cuotas fijas para artículos de producción nacional de jueves a domingos, mientras para celulares 4G es todos los días.

Para el comercio la adhesión es optativa, pero no puede poner un monto mínimo de compra ni elegir qué productos incluye: deben estar todos. Asimismo, no se podrá diferenciar entre precio en efectivo, con débito o en una cuota con crédito.

Entonces, según la normativa, existen tres alternativas para exhibir los precios al público:

  • Exhibir únicamente el precio de contado acompañado por la leyenda “consulte por otros planes de financiación”.
  • Exhibir el precio de contado y un plan de financiación acompañado por la leyenda “consulte por otros planes de financiación”.
  • Exhibir el precio de contado, todos los planes de financiación que deseen incluir y la leyenda “consulte por otros planes de financiación”.

Para conocer los pormenores y ejemplos de la nueva disposición, hacer click aquí.

Para más detalles de la normativa, hacer click aquí.

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El Gobierno modificó el régimen de ART en base al proyecto con media sanción del Senado

El gobierno nacional modificó, a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) publicado en el Boletín Oficial, la ley que rige las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) con la incorporación del rol de comisiones médicas que, en los casos de accidentes laborales, deberán expedirse sobre si corresponde o no el inicio de una acción judicial en procura de una indemnización por enfermedad o incapacidad.

Se trata de una reforma que contaba con media sanción del Senado y debía aún ser tratada por Diputados, pero el Gobierno entendió que «esperar los tiempos habituales del trámite legislativo» implicaba «un importante retraso, que dificultaría actuar en tiempo oportuno y obstaría al cumplimiento efectivo de los objetivos de la presente medida».

En el decreto, el Ejecutivo reivindica el Sistema de Riegos del Trabajo creado a través de la Ley 24.557, pero señala que «la experiencia recogida ha puesto en evidencia sus fortalezas y debilidades» y destaca la necesidad de «corregir aquellas cuestiones que han provocado situaciones inequitativas».

En este sentido, se establece que las denominadas Comisiones Médicas Jurisdiccionales serán «la instancia única, con carácter obligatorio y excluyente de toda otra actuación, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite u homologue el otorgamiento de las prestaciones dinerarias, en forma previa a dar curso a cualquier acción judicial».

Además, les fija un plazo máximo de «60 días hábiles administrativos para expedirse» y prevé que ese plazo «será prorrogable por cuestiones de hecho relacionadas con la acreditación del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, debidamente fundadas», en tanto «la demora injustificada que pudiere imputarse a la respectiva Comisión Médica Jurisdiccional hará incurrir en falta grave a los responsables».

Por otro lado, indica que, a los fines de «evitar situaciones de inequidad que hoy se multiplican, los peritos médicos oficiales que intervengan en las controversias judiciales que se susciten en el ámbito de la Ley N° 24.557 y sus modificatorias deberán integrar el Cuerpo Médico Forense de la jurisdicción interviniente».

Los juicios en números

Los nuevos juicios iniciados en el Sistema de Riesgos de Trabajo ascendieron a la cifra récord de 127.503 casos durante 2016, un 20% más que el año anterior, según la  Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), entidad que destacó inclusive el progresivo avance de la litigiosidad, al precisar que en diciembre pasado ingresaron 12.248 juicios, 45% más que 12 meses atrás.

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Lanzan plan de «transparencia» para que bajen los precios de lo que se venda en una sola cuota

El ministro de la Producción, Francisco Cabrera, anunció el martes 24 de enero la obligatoriedad para los establecimientos comerciales de diferenciar claramente el precio de los productos según estos se abonen de contado o en cuotas, y explicitar el costo financiero total de la operación.

En una conferencia de prensa que ofreció en la Casa de Gobierno, junto con el secretario de Comercio, Miguel Braun, el ministro señaló que la medida “tiene por objeto dar una mayor transparencia a los precios, incentivar el consumo que en Argentina es muy importante porque representa alrededor del 80% del PBI, y generar competencia”.

Cabrera y BraunFoto: gentileza de Télam

Precisó que en un marco en el que se prevé una baja de la inflación para este año, que “durante el último semestre fue acumulada de 9% y anualizada de 18%, creemos que hay que trabajar sobre la opacidad de los precios y eso hay que corregirlo, sobre todo en el ocultamiento del costo de financiamiento que tienen los precios en cuotas”.

Cabrera explicó que a partir del primero de febrero los comercios “deberán exhibir el costo financiero total de los precios en cuotas”, y que se considerará “pago al contado” el efectuado con “efectivo, débito o crédito en un pago y otros medios de pago electrónicos”.

Asimismo, anticipó que los planes “Ahora 12” y “Ahora 18” se mantendrán “sin cambios y también deberán exhibir al cliente el costo financiero total”.

La Resolución 51- E publicada hoy 25 en el Boletín Oficial, sustituye el Artículo 4° de la Resolución 7 del 3 de junio de 2002 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y Defensa del Consumidor, por el siguiente: «Cuando los precios se exhiban financiados deberá indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total».

También se establece que «quienes comercialicen productos y/o servicios bajo la modalidad de venta financiada en cuotas no podrán incluir en sus anuncios, publicidades o mensajes, bajo cualquier forma de difusión (oral o escrita, radial, televisiva o por internet, entre otras) la frase «sin interés» (o cualquier otra similar), cuando el costo de financiación del producto o servicio sea trasladado al precio de venta al consumidor».

«Se entenderá que el costo de financiación ha sido trasladado al precio de venta al consumidor cuando el comerciante deba abonar el costo de la financiación a algún proveedor de servicios financieros de forma directa, o a través de un descuento en la liquidación de la venta», señala la normativa.

La información del costo financiero total de la operación deberá colocarse en una ubicación contigua al resto de las variables informadas, en una tipografía en color destacado de idéntica fuente y tamaño al menos cinco veces mayor –conservando todas las proporciones de espesor de trazos, alto y ancho– al que se utilice para informar la tasa de interés efectiva anual aplicada y/o la cantidad de cuotas y/o su importe.

Se establece además que «las entidades bancarias, financieras y emisoras de tarjetas de crédito, compra o débito, así como las administradoras de las mismas, serán responsables del cumplimento de las normas vigentes en materia de exhibición e información de precios, cuando realicen o participen en forma conjunta en el ofrecimiento, promoción o en las acciones publicitarias de productos y/o servicios ofrecidos bajo la modalidad de venta financiada en cuotas».

Además, el secretario de Comercio, Miguel Braun, recordó que “cualquier incumplimiento, que sea detectado por cualquier inspector de Defensa del Consumidor o por algún consumidor”, será severamente penado. Para ello “se podrá hacer la denuncia a la Dirección de Nacional de Defensa del Consumidor, a través del número 0800-666-1518, y se podrán aplicar multas de acuerdo a la ley de Defensa del Consumidor y de la ley de Lealtad Comercial de hasta cinco millones de pesos”, según advirtió.

Finalmente, destacó que según estimaciones del Banco Central, “se podría esperar una reducción de precios de entre 15 y 20%”, al eliminarse el valor del financiamiento que está incluido en los precios.

Para mayor información, ingresar a la Resolución 51 – E.

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El Gobierno modificó el esquema de feriados nacionales

El gobierno publicó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para modificar el esquema de feriados nacionales, con la eliminación de los denominados “puente”.

Por medio del Decreto 52/2017 publicado en el Boletín Oficial, el presidente Mauricio Macri estableció que los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al lunes anterior. En tanto, los que coincidan con los días jueves y viernes, serán trasladados al lunes siguiente.

Sin embargo, aclara que se exceptúan de esta modalidad los feriados nacionales correspondientes al 1° de enero, lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, 1° de mayo, 25 de mayo, 9 de julio, 8 de diciembre y 25 de diciembre.

Según recordó el Gobierno en el decreto, el establecimiento de los feriados de cuatro días no laborables consecutivos “tuvo en miras disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico y contribuir al desarrollo de las economías regionales, pero, advirtió, “generó dificultades para el cumplimiento de los días dispuestos para el ciclo lectivo y afectó la competitividad del sector productivo”.

En los considerandos, el Gobierno recordó que había enviado al Congreso un proyecto para cambiar el régimen de feriados, “pero el mismo no pudo ser oportunamente tratado, aún en sesiones extraordinarias, siendo necesario, en consecuencia, establecerlo conforme las atribuciones otorgadas por el inciso 3 del artículo 99, de la Constitución Nacional, en el marco del procedimiento reglado en la Ley N° 26.122, a fin de brindar a la ciudadanía la posibilidad de planificar sus actividades con la debida antelación”.

feriados2017

Cómo queda el calendario:

1° de enero: domingo de Año Nuevo (inamovible)

27 y 28 de febrero: lunes y martes de Carnaval (inamovible)

24 de marzo: viernes, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, se pasa al lunes 27.

2 de abril: domingo, Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.

13 de abril: Jueves Santo (día no laborable)

14 de abril: Viernes Santo (inamovible)

1° de mayo: lunes, Día del Trabajador (inamovible)

25 de mayo: jueves, Día de la Revolución de Mayo (inamovible)

17 de junio: sábado, Paso a la Inmortalidad del Gral. M. Martín de Güemes

20 de junio: martes, Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano, se pasa al lunes 19

9 de julio: domingo, Día de la Independencia (inamovible)

17 de agosto: jueves, Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín, se pasa al lunes 21

12 de octubre: jueves, Día del Respeto a la Diversidad Cultural, se pasa al lunes 16

20 de noviembre: lunes, Día de la Soberanía Nacional

8 de diciembre: viernes, Día de la Inmaculada Concepción de María (inamovible)

25 de diciembre: lunes de Navidad (inamovible)

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Los artículos electrónicos son los productos premium más elegidos por los argentinos, según encuesta de Nielsen

Los productos denominados premium, es decir, aquellos de buena calidad y un precio 20% superior al promedio, atraen el interés de los consumidores argentinos en rubros como artículos electrónicos (41%), ropa y zapatos (37%) y carne y mariscos (33%), según el capítulo local de la Encuesta Global de la consultora Nielsen.

Para los consumidores encuestados, un producto premium es aquel que muestra una calidad excepcional o un desempeño superior al promedio regular, y los productos más exitosos son los que proveen soluciones que los demás no satisfacen o cubren.

Según el informe, los consumidores argentinos están dispuestos a pagar por un producto premium siempre y cuando esté acompañado por altos estándares de seguridad y/o calidad (43% está muy dispuesto, 42% está algo dispuesto); muestre un nivel de desempeño o funcionalidad mayor (41% y 45% respectivamente) y contenga materia prima ambientalmente amigable (36 y 45% respectivamente).

En Argentina, cuatro de cada diez consumidores consideran que los productos premium son una forma para que las marcas cobren más, mientras que 37% cree que son para quienes tienen más recursos.

Así, las categorías que más productos premium se venden a nivel local son electrónicos personales (41%), ropa y zapatos (37%), carne y mariscos (33%), productos para el cuidado del cabello (32%) y cuidado bucal (30%); mientras que pañales (12%), refrescos y bebidas carbonatadas (12%) y cereales (14%) son las que menos venden.

El informe señala que todos los porcentajes son menores que el promedio de países de América Latina.

“Los consumidores buscan productos que ofrezcan una experiencia total,” dijo Carlos Altieri, de Nielsen Argentina. “Más allá de suplir necesidades básicas, muchos consumidores también compran con base en cómo los productos los hacen sentir, y los premium llegan directo al deseo, siempre y cuando provean mayores beneficios y especialización enfocados en lo que el consumidor busca», afirmó.

El estudio de Nielsen muestra que los argentinos prefieren adquirir los productos premium en los comercios minoristas de su localidad (49%), mientras que las compras online tanto en proveedores locales y foráneos no superan el 14% y 9%, respectivamente.

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El ticket promedio de las compras minoristas de 2016 osciló entre $179 y $338

El ticket promedio en la compra minorista en el último año rondó entre los $179 y $338 y los productos que tuvieron un comportamiento levemente positivo fueron los de la canasta básica (0,8%) y los alimentos del desayuno (0,4%), según informes de consultoras masivas de consumo.

Para la consultora Scentia, a cargo de Osvaldo del Río, el consumo masivo en 2016 cayó 4,5% interanual y el ticket promedio orilló los $338 en supermercados, autoservicios, cadenas nacionales y supermercados chinos, lo que representa un aumento del 29% respecto del año pasado.

En tanto, para la consultora Focus Market, a cargo de Damián Di Pace, el consumo cayó 4,4% interanual y el ticket promedio fue de $179 en diciembre del 2016, lo que representó un aumento de 30,4% respecto de la misma fecha del año anterior, lo que representa una baja en la cantidad de tickets de 2,9%.

«El surtido, es decir la cantidad de productos elegidos por la gente para incluir en su changuito de compras bajó», dijo Del Río, aunque agregó que, como contrapartida, «la gente aumentó la cantidad de veces que concurrió a abastecerse a los almacenes, autoservicios y comercios pequeños», detalló.

El informe de Focus Market señaló que el surtido disminuyó en el último año en un 1,8%, y que los productos que sufrieron más bajas en las ventas son los prescindibles como los vinculados con el cuidado del calzado, con una caída de 21,7%; congelados, con una caída de 8,5% y cuidado oral, con un descenso de 7,6%.

Para Scentia los productos menos comprados fueron los perecederos y fríos, con una baja de 6,1%, y las bebidas con alcohol con un descenso de 6,2%.

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Fedecom recuerda las modificaciones en el Monotributo

La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) recuerda que debido la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha recategorizado de oficio a todos los monotributistas a una categoría inferior en función de las recientes modificaciones al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes, hay plazo hasta el próximo 31 de enero para realizar cambios en caso que no corresponda la categoría asignada.

Monotributo

Las modificaciones más importantes al Régimen de Monotributo, son:

  • Los parámetros y los montos a pagar de las distintas categorías, incrementando los montos máximos de facturación a $700.000 para Servicios y a $1.050.000 para Venta de bienes, conforme se observa en la tabla.
  • AFIP recategorizó de oficio a todos los monotributistas, a partir del primer de enero, pasando a la categoría inmediata inferior a la de diciembre de 2016. Se pueden modificar datos hasta el 31 de enero.
  • El pago del mes de enero deberá hacerse con los nuevos importes, hasta el 31, para lo cual se deberá descargar la nueva credencial. En el supuesto que las entidades cobradoras no tengan adecuados sus sistemas a los nuevos valores, se pagaran los importes habilitados y las diferencias de enero y febrero podrán ser abonada sin intereses hasta el 31 de mayo.
  • Quienes abonan por débito automático, deberán efectuar la modificación de la categoría hasta el 20 de enero a fin de que le sean debitados los nuevos importes.
  • Quienes al 31/12/2016 se encontraban obligados a presentar la Declaración Jurada Informativa cuatrimestral (Categoría F y siguientes) y/o emitiendo factura electrónica (Categoría H y siguientes), continuarán obligados aún cuando pasen a encuadrarse a una categoría inferior producto de las nuevas escalas.
  • Se incorporan a los monotributistas categoría E como obligados a presentar la declaración jurada informativa cuatrimestral.
  • Se modifica la obligación de realizar el pago mensual por medios electrónicos (RG3936) a partir de la categoría E.
  • Los monotributistas excluidos durante el 2016 podrán excepcionalmente volver a adherir al Monotributo, teniendo plazo hasta el 31 de mayo de 2017.
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La AFIP clausuró 69 comercios por no emitir facturas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) clausuró 69 comercios por un plazo de hasta siete días en la Costa Atlántica, Córdoba y Mendoza, por no emitir facturas ni tickets por las ventas que realizaban.

Los comercios hallados en infracción a las normas fiscales se encuentran 22 en Córdoba, 27 en Mendoza y 20 distribuidos en Pinamar, Valeria del Mar, Mar del Plata, Miramar y Cariló, sobre la costa bonaerense.

Entre los comercios clausurados hay supermercados, estacionamientos, casas de comida, hoteles, video juegos y venta de indumentaria, entre otros.

El organismo recordó que ante una inspección, los contribuyentes pueden corroborar la identidad de los inspectores por Internet, ingresando a www.afip.gob.ar y accediendo desde a la opción Credencial Virtual, donde se debe cargar el CUIL y el código de credencial del inspector para verificar sus datos personales y la fotografía.

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Facturación por ventas con tarjeta de débito aumentó 48% en 2016

La facturación por ventas con tarjetas de débito creció 48% a lo largo de 2016, mientras que las operaciones con tarjetas de crédito se incrementaron 41%, según informó Atacyc, la cámara que nuclea a las principales empresas del sector.

Ambos indicadores muestran que el volumen nominal operado con tarjetas creció más que el promedio de los precios que, según diversas consultoras y direcciones de estadísticas, se ubica en torno a 40%.

En lo que respecta al número de transacciones, Atacyc precisó que las operaciones realizadas con tarjetas de crédito crecieron 11% el año pasado, mientras que las efectuadas con débito aumentaron 16%.

Entre los rubros que más crecieron se destacan “Combustibles”, “Farmacias”, “Restaurantes” y el pago de “Servicios Públicos”. En tanto, los que menos crecieron fueron “Artículos para el Hogar”, “Indumentaria” y “Supermercados”.

Según la cámara, este comportamiento reflejó un menor aumento en el volumen operado en transacciones con cuotas, que creció 35% durante 2016, es decir, por debajo del promedio general. Vale recordar que en 2015, las operaciones en cuotas tuvieron un gran impulso por el consumo anticipado ante la expectativa de devaluación concretada finalmente en la segunda quincena de diciembre, tras la asunción del presidente Mauricio Macri.

En este marco, en diciembre pasado las compras efectuadas con tarjetas de crédito crecieron 47% respecto a igual mes del año anterior, mientras que el volumen abonado con tarjetas de débito se incrementó 44%.

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