
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó el piso para el pago del impuesto a las Ganancias para salarios superiores a los $225.937, lo que significó una suba del 29,1% respecto al último incremento.
El aumento en las remuneraciones alcanzadas por el impuesto a las Ganancias también se da para los salarios mensuales de entre $225.937 y $260.580 brutos.
La medida también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no supere los $225.937.
«Con el objetivo de fortalecer el proceso de recuperación del poder de compra de los trabajadores, en 2021 el nivel de salario a partir del cual se paga el Impuesto a las Ganancias se incrementó en dos oportunidades», marcó el organismo público.
La primera fue cuando pasó a $150.000 brutos en junio, mientras que la segunda fue un adelanto a cuenta del incremento anual que llevó el valor a $175.000 en septiembre.
El Decreto 620/2021 detalló que anticipaba de manera parcial la actualización anual, por eso el cálculo de enero se realiza con relación al valor inicial de $150.000.
Con la aplicación del 50,62% que surge del índice Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) que elabora el Ministerio de Trabajo, se actualiza también el mínimo no imponible, que quedó en $252.564,84 por año.
A su vez, la deducción por cónyuge pasará a $235.457,25 mientras que por hijo es de $118.741,97 y llegará a $237.483,94 en el caso de los hijos incapacitados para el trabajo.
En el primer trimestre, el oficialismo impulsó un proyecto de Ley por el cual se actualizó el piso para contribuir por Ganancias a partir de los $150.000, cuestión que se hizo efectiva a partir de abril.
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El Gobierno nacional estableció una reducción gradual de la doble indemnización por despido y fijó que, a partir del año próximo, se producirá un descenso escalonado de la suma que percibirá el trabajador en caso de ser echado sin justa causa.
Así lo determinó por medio del decreto 886/2021 publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur y de todos los ministros del gabinete nacional.
En su artículo 1, la norma amplía hasta «el 30 de junio de 2022 la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/19 y ampliada por sus similares Nros. 528/20, 961/20 y 39/21».
En su artículo 2, el decreto establece que en el caso de despido sin causa el trabajador afectado tendrá derecho a percibir, además de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación aplicable, el siguiente monto discriminado por etapas:
- un incremento equivalente al 75% del monto de la misma, desde el 1º de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022
- del 50 % a partir del 1º de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022
- del 25 % desde el 1º de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.
«Los porcentajes indicados en el artículo precedente se calcularán sobre todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo», se aclara en el articulo 3.
Además especifica que «a los efectos de establecer el cálculo de la indemnización definitiva, el monto correspondiente al incremento no podrá exceder, en ningún caso, la suma de 500.000 pesos».
El decreto señala además que «no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/19 ni al Sector Público Nacional definido en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran».
En los considerandos, se habla de una «tendencia de crecimiento que se observa en la recuperación extendida de los puestos de trabajo registrados, perdidos durante la pandemia, y con el restablecimiento del poder adquisitivo de los salarios».
Asimismo dice que «se constata en los últimos datos provenientes de los registros administrativos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), correspondientes al mes de septiembre de 2021, que el empleo asalariado registrado en las empresas privadas presenta un crecimiento sostenido y generalizado en la mayoría de las regiones del país y en un amplio número de sectores económicos».
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Las ventas minoristas de los comercios pymes de la provincia de Córdoba crecieron para esta Navidad 9,8% frente a igual celebración del año anterior, oportunidad en la que la comercialización mostró una contracción de similar porcentaje, en medio de las restricciones impuestas para las reuniones sociales en el marco de la pandemia de coronavirus.
La cifra surge del relevamiento realizado por la Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) y sus Cámaras y Centros Comerciales adheridos en todo el territorio provincial.
“Este resultado confirma la tendencia que se venía registrando desde septiembre. Una tendencia de recuperación lenta, pero sostenida del consumo”, explicó Ezequiel Cerezo, presidente de Fedecom al tiempo que agregó que es el primer resultado positivo para Navidad después de tres años consecutivos, ya que en 2018 se empezó a sentir las consecuencias de la crisis económica-financiera que se profundizó en 2020 con la llegada del Covid-19.
En relación a este punto, Cerezo admitió que hay preocupación entre los comerciantes frente a esta nueva ola y el acelerado aumento en los contagios, por lo que desde la Fedecom se insistió en el resguardo de colaboradores y clientes y se solicitó redoblar los esfuerzos en cuanto al cuidado.
Los 13 rubros relevados por la entidad mostraron valores positivos en la comparación interanual de cantidades vendidas:
- Alimentos y Bebidas 9,1%;
- Artículos deportivos y de recreación 6,8%.
- Bazar y regalos 10,5%;
- Bijouterie y accesorios 8,9%;
- Calzados y marroquinería 11,1%;
- Electrodomésticos y artículos electrónicos 12,2%;
- Indumentaria y lencería 13,5%;
- Joyerías y relojerías 7,4%;
- Juguetería y rodados 10,0%.
- Librerías 7,3;
- Perfumería y cosméticos 4,1%;
- Ropa de cama y textil blanco 5,7%;
- Videojuegos, consolas e informática 11,2%;
El valor del ticket promedio se ubicó en $3.750.
En cuanto a las formas de pago, el 31% de las operaciones se realizó en efectivo, 65% con tarjetas de crédito y el 4% restante con créditos de los propios establecimientos comerciales.


El reintegro a sectores vulnerados por consumos realizados con tarjeta de débito se extendió por seis meses a partir de su vencimiento a fin de este mes, y estará vigente hasta finales de junio del año próximo. Así lo definió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la resolución general 5119/2021 publicada en el Boletín Oficial.
La herramienta permite a las personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo y titulares de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE) acceder a un beneficio de hasta $ 1.200 mensuales.
“La extensión del reintegro ofrece un impulso adicional a los consumos que realizan todos los meses más de 1,3 millones de personas”, destacó la AFIP.
El monto del reintegro asciende desde mediados de 2020 hasta $ 1.200 mensuales por beneficiario, con un valor máximo de $ 2.400 para titulares de la AUH con dos o más hijos.
Además, este año también se incorporaron al reintegro las compras realizadas en farmacias, que se sumaron a las vigentes operaciones realizadas en mini, súper e hipermercados, kioscos y almacenes.
Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática cuando las personas beneficiarias realizan sus compras con la tarjeta de débito asociada a la cuenta bancaria de un jubilado, pensionado o beneficiario de asignaciones universales.
También están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
Los reintegros se visualizan en el resumen de la cuenta de la tarjeta de débito con la leyenda Reintegro Solidaridad Ley N° 27.541.
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La producción de las pymes industriales registró en noviembre una mejora de 17,6% respecto a igual mes de 2020, según el relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Industria (CAME).
De esta forma, en el acumulado de los primeros once meses del año la industria pyme sumó un alza de 22,7% frente a igual período de 2020 y una incremento de 2,5% respecto a similar lapso de 2019, previo a la pandemia.
Según CAME, el resultado de noviembre responde a la «recuperación del consumo» y a las demoras en las autorizaciones para ingresar bienes importados, lo que potencia la venta de la producción local.
En lo que respecta al uso de la capacidad instalada, las pymes produjeron en promedio al 74,3%, 3 puntos por encima de octubre.
De un total de 300 firmas relevadas, el 21,5% de las empresas declaró estar trabajando al 100% y el 57,1% con más del 90%.
En tanto, el 63% de las pymes consultadas evaluó la situación actual de su empresa como buena o muy buena, mientras que para el 37% restante es entre regular y mala.
El relevamiento abarca a un total de 11 sectores productivos. De ese total, 8 operaron con alzas interanuales en noviembre, mientras que las tres restantes mostraron bajas.
Entre las primeras se ubicaron Papel, cartón, edición e impresión, que en noviembre marcaron una mejora de 72,6% anual y 53% frente al mismo mes de 2019.
En tanto el rubro Indumentaria y textil marcó una suba de 40,2% anual y de 36,1% frente a similar período de 2019.
Por el contrario, en el sector material de transporte la producción cayó 21,2% anual en noviembre y 11,6% frente al mismo mes de 2019, con muchos problemas para fabricar por la falta de materia prima.
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Los préstamos otorgados por entidades financieras y retailers durante las semanas previas a las fiestas de fin de año aumentaron un 36% en comparación con los meses previos, según un relevamiento realizado por la empresa Equifax.
“Con un crecimiento que promedia en más del 30% en todas las franjas etarias, y liderado por las generaciones más jóvenes, el aumento de los préstamos otorgados se percibe como un indicador positivo en la toma de crédito de la población argentina”, explicó Santiago Pordelanne, presidente y gerente general de Equifax Argentina.
La empresa de Big Data que pertenece al mismo grupo del Veraz, indicó que los grupos etarios en los que más se incrementó el pedido de préstamos para consumo son la generación Z (de 18 a 23 años) con un aumento del 42,9%, seguido por los millenials (que tienen hoy entre 24 y 39 años) que pidieron 45% más créditos que en los meses anteriores.
No obstante, el crecimiento también se verificó en la generación X (quienes tienen hoy entre 40 y 55 años) con un alza del 34,7% respecto de octubre pasado, en los boomers (entre 56 y 74 años) aumentó 29% y en la llamada «generación silenciosa» (más de 75 años), subió 28,6%.
Según Equifax, «no se evidencian diferencias significativas entre los diferentes niveles de ingresos frente a la decisión de solicitar un crédito en estas fechas».
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La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) continúa incorporando opciones para que las entidades adheridas agreguen valor al servicio que brindan a sus asociados.
Por ello, presenta CAME ENVÍOS, el servicio logístico que permitirá a comerciantes y pymes optimizar sus procesos de entrega de pedidos, mejorando su competitividad.

CAME ENVÍOS cuenta con OCA como operador, permite a las cámaras ser Agentes Oficiales habilitados para realizar admisión y entrega de paquetes “e-Pak OCA».
Fedecom invita a las entidades asociadas a contactarse a través de fedecom@fedecom.org.ar a fin de asesorarlos para que puedan comenzar a operar con este servicio.
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La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) y la Asociación Gremial de Empleados de Comercio (AGEC) recuerdan que continúan vigentes las Resoluciones 253/2005; 505/2008, 322/2009 y 120/2010 que establecen que el cierre de los establecimientos para los próximos días 23 y 30 de diciembre será como máximo a las 24 hs. Asimismo, para los días 24 y 31 de diciembre el cierre será a las 18 hs. como máximo, previendo el retiro del personal hasta una hora posterior a lo establecido, como máximo.
También se recuerda que, de excederse en los horarios antes consignados (tanto para cierre como para retiro de personal) los establecimientos serán pasibles de las sanciones pertinentes.
Por otra parte, el gremio que lidera Pablo Chacón informó que a los fines de verificar el efectivo cumplimiento de lo establecido, la entidad sindical acompañará al Ministerio de Trabajo en los procedimientos de control que se realicen.
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que las y los contribuyentes ya están en condiciones de solicitar la condonación de deudas en el marco de la ley de alivio fiscal para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto. El perdón fiscal incluye los intereses resarcitorios, punitorios, multas y sanciones.
«La condonación de deudas forma parte de las medidas que dispuso el Gobierno para acompañar a los y las contribuyentes en el proceso de recuperación económica. La ley de alivio fiscal incluye además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes», informó AFIP.
El beneficio que condona deudas lo pueden solicitar entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias.
También incluye deudas por hasta $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado Mipyme.
Se podrá realizar la solicitud hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP, dentro del servicio Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653, con clave fiscal nivel de seguridad 3.
Los beneficiarios deberán contar con inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural.
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El Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA) abre una nueva convocatoria a todas las pymes que integran la red de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), a través de la Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) y el resto de las cámaras y federaciones asociadas, para participar desde abril y hasta junio del 2022 de un servicio de consultoría gratuito.
Ello es posible merced a la alianza estratégica entre el ITBA y CAME.
Como parte del proyecto final de la Licenciatura en Gestión de Negocios del ITBA, los alumnos prontos a egresar de dicha carrera elaboran una propuesta de mejora a un problema identificado por el director de la empresa. Al finalizar el proyecto, las empresas que participen obtendrán un Diagnostico profesional, junto con un Plan de Acción.
Empresas de la red CAME participan de esta valiosa actividad desde el año 2018.
Para aquellas empresas interesadas, en virtud de la limitación del cupo, el ITBA diseñó una encuesta de pre selección. Para completarla, ingrese aquí.
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