La Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Provincia de Córdoba, lanzó una campaña de información, prevención y protección de los derechos de usuarios y consumidores cordobeses.
La intención es que proveedores de bienes y servicios, y entidades bancarias no incurran en infracciones a la ley nacional de defensa del consumidor 24.240, sus modificatorias y normas complementarias.
Para ello personal de Defensa del Consumidor visitará comercios y entidades bancarias de la ciudad de Córdoba y de poblaciones del interior, a través de las respectivas delegaciones, para informar sobre la normativa vigente y entregar folletería sobre guías de buenas prácticas.
Daniel Mousist, asesor de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, precisó que la campaña apunta a supermercados, negocios de electrodomésticos y almacenes, además de bancos. “Es un listado de recomendaciones contenidas en guías de buenas prácticas comerciales y de buenas prácticas bancarias y financieras”, indicó, y ejemplificó algunas de estas recomendaciones: no cobrar recargos para pagos con tarjeta de débito y de crédito en una sola cuota; exhibición de precios de productos en las góndolas; y evitar demoras en la atención a los consumidores, entre otras.
Guía de Buenas Prácticas Comerciales
- Proveedores de bienes y servicios deben brindar información cierta, clara y detallada sobre las características esenciales de todos los productos y servicios que comercializan, de acuerdo con el artículo 4 y concordantes de la ley 24.240.
- Los productos y servicios deben brindarse de forma segura, sin que representen peligro alguno para la salud de usuarios y usuarias.
- Los proveedores tienen la obligación de entregar factura de compra.
- Todos los productos nuevos y usados cuentan con una garantía mínima legal, la cual puede ser extendida por el proveedor.
- En sus locales comerciales, todos los proveedores de bienes y servicios deben exhibir el precio del producto publicitado en distintos medios, así como los que están en góndola, sin excepciones.
- Prohibiciones de recargos en pagos con débito, medios virtuales y crédito en una cuota.
- Los proveedores que comercialicen productos alimenticios deben observar estrictamente su fecha de vencimiento.
- Brindar un trato digno al usuario. Implica respeto de su dignidad como persona, antes de contratar, mientras dure la relación comercial y al finalizarla.
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