Artistas: para eximirse del pago de Ingresos Brutos hay que estar registrado en el padrón de la Provincia

La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) recuerda a todos los artistas cordobeses que, para acceder al beneficio de la eximición del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las actividades de producción, representación, composición e interpretación de eventos culturales y/o espectáculos musicales, artísticos y circenses, efectuados en el ámbito de la Provincia de Córdoba, contemplado en la ley 10032, deben estar registrados en el Padrón de Artistas.

Vale recordar que la exención comprenderá los ingresos obtenidos por el desarrollo de las citadas actividades cualquiera fuere el origen de los mismos (ventas de entradas, publicidad, cachet, etc) y en la medida que se cumplan los siguientes requisitos, en la forma y condiciones que al efecto establezca el Ministerio de Finanzas:

  1. Los espectáculos permitan el acceso sin costo para las personas mayores o ancianos, comprendidas en el término antrópico-social de tercera edad.
  2. Para la realización y/o ejecución del evento, intervengan y/o se contraten artistas radicados en la provincia de Córdoba.

Para acceder al Padrón de Artistas se debe ingresar al siguiente link, luego se hace click donde dice archivo de sólo lectura y se solicita permiso para editar. Les llegará un mail con un formulario para completar luego de lo cual, ya figurará en el Padrón.

Por cualquier consulta, se puede escribir a empadronamientodeartistas@gmail.com

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