La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta fines de marzo la vigencia de los beneficios de tasa de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo para los planes permanentes de pago de deuda administrativa y/o judicial, para micro, pequeñas y medianas empresas.
Lo hizo a través de la Resolución General N°4917 publicada en el Boletín Oficial, en la que volvió a extender el plazo, que vencía este 31 de enero, y lo llevó hasta el 31 de marzo de 2021.
Los beneficios consisten en la posibilidad de obtener hasta 10 planes de pago y un máximo de 8 cuotas para las micro, pequeñas y medianas empresas con una tasa de intereses máxima del 3% mensual.
Si la AFIP no hubiera prorrogado la medida para amortiguar el impacto económico de la pandemia, las empresas podrían acceder a un máximo de planes de entre 2 y 6, con un tope de entre 4 y 8 cuotas. Y, además una tasa de interés más elevada que surgiría de la calificación del riesgo SIPER.
Respecto de los demás contribuyentes, los beneficios extendidos por la AFIP consisten en permitirles obtener hasta 6 planes y un máximo de 6 cuotas, además de una tasa de interés más baja, como si tuvieran un perfil de cumplimiento bueno.
Para acceder a los detalles de la resolución, ingresar a este link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/240147/20210128.