AFIP extendió el plazo para presentar declaraciones juradas y pagos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para las presentaciones de las declaraciones juradas y, de corresponder, realizar el ingreso de los saldos del impuesto sobre los Bienes Personales para empresas y sociedades, en carácter de responsables sustitutos de personas humanas.

La prórroga dispuesta en la resolución general 5203/2022 publicada en el Boletín Oficial, traslada las fechas de presentación de las declaraciones juradas y el pago de las obligaciones para fines de junio para coincidir con el nuevo plazo dispuesto hace dos semanas para el vencimiento del impuesto para las personas humanas.

Las nuevas fechas límite son los siguientes: en los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 se podrán presentar hasta el 23 de junio; en los DNI finalizados en 4, 5 y 6, el 24; y los concluidos en 7, 8 y 9, el 27.

Para realizar el trámite, la AFIP habilitó el nuevo aplicativo “Bienes Personales – Acciones y Participaciones Societarias- Versión 5.0” disponible en su web.

Asimismo, AFIP actualizó el monto a partir del cual las y los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados deben presentar declaraciones juradas informativas del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, de modo que el umbral de ingresos y rentas pasará de $2.500.000 a $3.700.000 al año.

La normativa establece la obligación de presentar la declaración jurada informativa para aquellos sujetos que hubiesen obtenido en el año fiscal un determinado importe bruto de ganancias (sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas), por lo que la actualización fija el nuevo monto en $3.700.000.

La Resolución General 5204/2022  publicada en el Boletín Oficial, redunda en una mejora de la información disponible para llevar adelante las tareas de fiscalización y control.

La obligación de presentar la declaración jurada informativa alcanzará así a las personas humanas que hayan tenido ingresos iguales o superiores a dicho umbral.

En ese caso deberán informar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de 2021, conforme a las normas del impuesto sobre los Bienes Personales.

También están obligados a presentar los ingresos, gastos y deducciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias.

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