La AFIP derogó el régimen de información de operaciones comerciales minoristas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dejó sin efecto el 22 de marzo el régimen de información de operaciones comerciales minoristas, que regía desde enero de 2014.

El régimen obligaba a esos establecimientos a informar sobre las operaciones efectivizadas a través de controladores fiscales, las cantidades vendidas de determinados productos y el precio unitario facturado, correspondientes a cada día.

“El avance tecnológico alcanzado por esta Administración Federal permite utilizar, de manera gradual, nuevas tecnologías de controladores fiscales”, señaló la resolución general 4014-E publicada en el Boletín Oficial.

De este modo, añade la norma que lleva la firma de Alberto Abad, se optimizan “los métodos de obtención de datos y transmisión en forma sistémica y periódica a las bases informáticas institucionales”.

El régimen ahora sin efecto obligaba a los comercios minoristas a remitir la información requerida -un archivo por cada día-, dentro de los siete días corridos siguientes al de las operaciones realizadas, y advertía que los incumplimientos eran pasibles de las normas sancionatorias establecidas en la Ley de Procedimiento Tributario.

Para conocer el texto de la Resolución General ingrese aquí.

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