19Jul
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso nuevos montos de facturación a partir de los cuales se deben identificar a los consumidores finales, de acuerdo con el siguiente esquema:
- cuando el importe de una factura sea igual o superior a $43.010 pesos y su receptor sea un consumidor final;
- cuando el importe de una factura sea igual o superior a $21.505 pesos y no se haya pagado con tarjetas de crédito o de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes.
La información que deberá detallarse es la siguiente:
- Apellido y Nombres.
- Domicilio.
- CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).
En el caso de operaciones efectuadas por responsables inscriptos en el IVA, cuya actividad principal sea la comercialización mayorista se exceptuará de identificar al cliente cuando la operación sea igual o menor a $21.505 y el pago se efectúe por algún medio electrónico autorizado.
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